Trelew
Overcast
17°C
Previsión 14 de octubre, 2024
Día
07
Previsión
22°C
Previsión 15 de octubre, 2024
Día
07
Previsión
26°C
Previsión 16 de octubre, 2024
Día
12
Chaparrones
27°C
Previsión 17 de octubre, 2024
Día
04
Parcialmente nublado
25°C
 

Puerto Madryn
Mainly clear
16°C
Previsión 14 de octubre, 2024
Día
07
Previsión
18°C
Previsión 15 de octubre, 2024
Día
07
Previsión
25°C
Previsión 16 de octubre, 2024
Día
07
Previsión
23°C
Previsión 17 de octubre, 2024
Día
04
Parcialmente nublado
25°C
 

Rawson
Clear sky
16°C
Previsión 14 de octubre, 2024
Día
07
Previsión
20°C
Previsión 15 de octubre, 2024
Día
07
Previsión
26°C
Previsión 16 de octubre, 2024
Día
12
Chaparrones
26°C
Previsión 17 de octubre, 2024
Día
04
Parcialmente nublado
24°C
 

Titulares

Cómo quedan las actividades en Rawson y Trelew tras el decreto de Arcioni

En esta nota enterate qué actividades están habilitadas y hasta que horario y cuáles quedan restringidas, al menos, hasta el 30 de noviembre en la capital provincial y en Trelew.

En ambas ciudades la circulación continuará por terminación de DNI, aunque Trelew no la respetó durante las últimas semanas. El horario está restringido entre las 7 y las 21 horas. Los restaurantes y casas de comidas podrán recibir gente de lunes y jueves hasta las 23 y de viernes a domingo hasta las 0 horas, pero con turno previo. Los gimnasios podrán funcionar de lunes a sábado hasta las 21 y siguen prohibidas las cervecerías, bares, actividades religiosas y culturales. Las actividades deportivas solo se podrán realizar en espacios al aire libre y en forma individual o en dupla, pero que no requiera contacto físico.

En las ciudades de Rawson y Trelew, alcanzadas por el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, se podrá circular de lunes a domingo de 7 a 21 horas, de acuerdo a la modalidad de terminación del DNI.

Las personas cuyo DNI termine en número par podrán hacerlo los días pares, mientras que las que tengan terminación impar sólo lo podrán hacer los días impares. Los domingos no rige la restricción de circulación por número de DNI.

Quedan exceptuadas de cumplir esa limitación, las personas autorizadas a circular por la actividad que desarrollan, las que lo hagan por motivos de urgencia justificado o quienes concurran a actividades permitidas con horario ampliado.

También quienes concurran a comercios de productos alimenticios elaborados y del rubro gastronómico, que funcionarán de la siguiente manera: lunes a domingo de hasta las 21 horas servicio de retiro en el local; lunes a jueves hasta las 23 horas y viernes a domingo hasta las 0 horas, servicio de envío a domicilio, y lunes a jueves hasta las 23 horas y viernes a domingo hasta las 0 hora, servicio de consumo en el local con turno previo en el horario nocturno.

Se dispone que los vehículos, cualquiera sea su índole, no podrán circular con más de dos ocupantes en el interior de la cabina.

Se podrán realizar actividades y prestar servicios de lunes a domingo hasta las 21 horas, y fuera de ese horario podrán funcionar farmacias, veterinarias, kioscos y estaciones de servicios y los comercios del rubro gastronómico y de venta de productos alimenticios elaborados, en las condiciones autorizadas.

Los municipios “podrán disponer las limitaciones o las mayores restricciones que consideren oportunas y pertinentes a los fines de la protección de la salud de su población”.

No podrán funcionar bares, cervecerías, confiterías nocturnas y clubes sociales, y se mantienen suspendidas las reuniones sociales y familiares.

Los gimnasios podrán funcionar de lunes a sábado hasta las 21 horas, con sistema de turnos previos, no pudiendo concurrir “un número mayor a 10 personas por turno, considerándose que cada turno equivale a una hora”.

El artículo 18 del decreto indica que “quedan transitoriamente prohibidas la totalidad de las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas, que se desarrollen en espacios cerrados o al aire libre, grupales o que impliquen reunión de personas”.

En cambio, “podrán realizarse actividades deportivas en espacios abiertos o cerrados, a practicarse de manera individual o en duplas, siempre que: no se trate de una actividad de contacto o que implique posible contacto, que no se utilicen elementos de juego (salvo cuando los elementos a utilizar sean de uso personal o individual)”.

Las actividades al aire libre se podrán realizar de manera individual “respetando los horarios de circulación y la modalidad (terminación DNI) allí establecida”. La única excepción es el caso de los padres que realizan actividades con sus hijos.

Compartir: