El programa cuenta con tres mecanismos de asistencia para el pago de salarios, y se podrán tramitar a través del sitio web de la AFIP con clave fiscal.
Por un lado, los empleadores que accedieron al Programa Repro II en noviembre contarán con el mismo beneficio para el pago de salarios durante diciembre, de manera que no será necesario que se inscriban al programa ATP, según el comunicado.
Por otro lado, las empresas que no desarrollan actividades críticas y registraron una variación nominal negativa en su facturación entre noviembre de 2020 y de 2019, deberán registrarse en la web de la AFIP.
Una vez finalizado el plazo de inscripción podrán optar entre tramitar un crédito a tasa subsidiada del 27% o solicitar el Repro II que instrumenta el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
