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Titulares

HABIA SIDO

Diputados aprobaron por unanimidad una ley para reducir, desalentar y prohibir la comercialización del cigarrillo electrónico

La ley fue acompañada por unanimidad. Va en sintonía con una disposición de la ANMAT que prohíbe la importación, comercialización y publicidad del sistema electrónico de administración de nicotina denominado “Cigarrillo Electrónico”. El gobernador envió un proyecto de ley a Legislatura para reducir drásticamente el consumo de estos dispositivos con fuertes campañas de concientización.

Metadata había anticipado en exclusiva el 17 de marzo la intención del Ejecutivo provincial de realizar una modificación a una ley existente para desacelerar y desalentar la nueva moda del cigarrillo electrónico. Esta decisión fue solicitada por el Gobierno Nacional a todas las provincias en una cumbre virtual que se llevó a cabo este año.

La ley promueve la reducción del consumo de productos elaborados con tabaco y sus derivados, como así también de otros dispositivos que expidan humo, gases y vapores, como el cigarrillo electrónico.

El consumo de tabaco electrónico crece en forma desmedida, a pesar de no existir estudios científicos y académicos criteriosos que argumenten que el consumo de tabaco a través de estos dispositivos no es nocivo para la salud. Por el contrario, informes técnicos advierten que el efecto sobre la calidad de vida es adverso.

Asimismo, en los últimos años se generó un descontrol sobre la venta, comercialización y promoción del cigarrillo electrónico, a pesar de esta prohibido por disposición de la ANMAT.

“Resulta necesario promover acciones tendientes a desalentar su uso e incentivar la disminución de la utilización de dichos dispositivos electrónicos en nuestro país. Pero hasta tanto se dicte una normativa a nivel nacional que tienda a unificar el estándar de protección de la salud pública frente a dichos productos electrónicos en el territorio del país, se considera apropiado impulsar una modificación a la normativa provincial para incorporar dichos principios en pos de lograr una efectiva protección de la salud de todas las personas que habitan la provincia del Chubut”, señala en los fundamento la ley a la que accedió Metadata.

De esta manera, el Gobierno de Arcioni incorporó el artículo 5 bis a la Ley I Nº 452, con el objetivo de “reducir el consumo de productos elaborados con tabaco y sus derivados como aquellos productos elaborados con otras sustancias potencialmente adictivas, que expidan humo, gases, vapores en cualquiera de sus formas, incluido el cigarrillo electrónico y dispositivos similares. Incluyendo los dispositivos de combustión o de calentamiento de tabaco o nicotina, independientemente de si la persona está inhalando o exhalando humo”.

La ley sancionada por la Legislatura agregó como antecedente una determinación adoptada por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica – ANMAT, en la cual dictó la Disposición N° 3226/2011 por la cual se prohíbe la importación, distribución, comercialización y la publicidad o cualquier modalidad de promoción en todo el territorio nacional del sistema electrónico de administración de nicotina denominado “Cigarrillo Electrónico”, extendiendo dicha prohibición a todo tipo de accesorio para dicho sistema o dispositivo, como asimismo a cartuchos conteniendo nicotina.

A la hora de justificar esta decisión vinculada a una mejor calidad de vida, señala que “existe evidencia que éstos cigarrillos electrónicos están siendo vendidos de distintos sabores, destinados a un público joven, incluso por Internet sin requisitos de edad para ello y sin un prospecto que incluya los posibles efectos adversos en la salud”.

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