Las jubilaciones anticipadas y los retiros voluntarios en la provincia del Chubut tuvieron nulos resultados. Los motivos fueron varios, pero principalmente aparecen dos en el horizonte: El empleado no confiaba en que podría acceder a este beneficio cuando el Gobierno de Mariano Arcioni llegó a deber hasta tres masas salariales a los empleados; sumado a que la pandemia también puso un freno para la iniciación de trámites.
Esta idea fue propuesta por el expresidente Mauricio Macri a los gobernadores para intentar llegar al 2019 con un esquema superavitario, o al menos, equilibrado. El tema fue anexado hasta en el propio Consenso Fiscal.
Debido a esto, las diputadas Xenia Gabella, Mariela Williams, Gabriela De Lucía, Graciela Cigudosa y los legisladores Miguel Antín, Juan Pais y Pablo Nouveau, presentaron un nuevo proyecto de ley al que tuvo acceso Metadata que propone algunas alteraciones, principalmente en la fecha límite para acceder a la jubilación.
En los fundamentos, sostiene que, entre las medidas dirigidas a optimizar la reinversión de los ingresos económicos de la Provincia, “se trabajó desde esta Legislatura en el análisis del Plan de Reestructuración del Estado, promovido por el Ejecutivo desde el inicio del mandato constitucional, y que contó con la sanción de la ley XVIII N° 105 que estableció el Régimen de Abstención del Débito Laboral y el Sistema de Retiro Voluntario”.
Explicaron que “el desenvolvimiento que tuvieron los efectos buscados en la génesis de la ley, se vio distorsionados en tanto y en cuanto, las relaciones laborales fueron en alguna medida postergadas debido a la propagación del virus Covid-19”.
Como ejemplo, citaron que hubo corrimiento de plazos en los mandatos de los sindicatos con representación estatal, la postergación de los vencimientos de los certificados de discapacidad, el aplazamiento de la aplicación de la Ley de Juicios por Jurados y hasta las prórrogas dictaminadas sobre las licencias de conducir.
La ley original tenía como fecha el 31 de diciembre de 2024 para aquellos agentes que reunieran los requisitos y que deseaban acogerse a la jubilación anticipada.
“A fin de mejorar la efectividad en la implementación de la ley, resulta justo, necesario y oportuno, efectuar modificaciones a la fecha al que puedan ser alcanzados los agentes que deseen acogerse a dicho régimen”, esgrimieron los diputados.
“Establecer un régimen de Abstención del Débito Laboral para los agentes de la Administración Pública Provincial Centralizadas y Descentralizada y los poderes Legislativo y Judicial, que al 31 de diciembre de 2019 pertenezcan a la planta permanente y en el marco de la ley XVIII N° 32 vigente, reúnan, al 31 de diciembre de 2025 los requisitos para acceder a la jubilación ordinaria”, puntualiza el artículo 1 del proyecto.
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