El fallo remarca que, en fecha 21 de septiembre del corriente año, la Junta Electoral de la Alianza “Juntos por el Cambio Chubut”, por Resolución N° 10/2021-JE “proclamó a los candidatos electos en las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias celebradas el 12 de septiembre de 2021 para la categoría Senadores Nacionales, aplicando para ello las disposiciones del Acta Constitutiva de dicha alianza, integrando la lista con la precandidata a senadora de la primera minoría (Lista 503 A “Juntos por el Futuro”), Sra. Jacqueline Celeste CAMINOA, y reemplazando en su consecuencia a la precandidata de la fórmula ganadora Sra. Edith Elizabeth TERENZI (Lista 503 B “Juntos por Chubut”)”.
“Como se desprende del texto de la ley, no existe la posibilidad de integrar las listas de Senadores Nacionales, sino que solo es posible hacerlo respecto a las listas de Diputados Nacionales, en tanto y en cuanto los reglamentos que dicten para sí las agrupaciones o alianzas lo habiliten. No obstante, estos reglamentos no son supra legales, toda vez que su elaboración debe estar supeditada al texto de la ley”, detalló el juez Sastre en el fallo al que accedió Metadata.
Debido a esto, Sastre hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por el apoderado de la Lista “Juntos por Chubut” 503 B de la Alianza Transitoria Juntos por el Cambio Chubut, Jorge Alberto Rubiolo, y en consecuencia “revocó parcialmente la Resolución N° 10/2021 de la Junta Electoral de la mencionada alianza, de proclamación de candidatos para la categoría Senadores Nacionales, disponiendo que se reemplace a la candidata proclamada en segundo término titular, Jacqueline Celeste Caminoa por Edith Elizabeth Terenzi.
Asimismo, ordenó a dicho organismo a que “dicte una nueva resolución de proclamación de la lista de Senadores Nacionales”.