Trelew
Overcast
10°C
Previsión
1 de junio, 2026
Día
25
Llovizna helada
11°C
Previsión
2 de junio, 2026
Día
25
Llovizna helada
16°C
Previsión
3 de junio, 2026
Día
24
Llovizna helada
19°C
Previsión
4 de junio, 2026
Día
07
Previsión
14°C
 

Puerto Madryn
Overcast
10°C
Previsión
1 de junio, 2026
Día
25
Llovizna helada
10°C
Previsión
2 de junio, 2026
Día
25
Llovizna helada
15°C
Previsión
3 de junio, 2026
Día
24
Llovizna helada
19°C
Previsión
4 de junio, 2026
Día
07
Previsión
14°C
 

Rawson
Overcast
10°C
Previsión
1 de junio, 2026
Día
25
Llovizna helada
11°C
Previsión
2 de junio, 2026
Día
24
Llovizna helada
17°C
Previsión
3 de junio, 2026
Día
26
Llovizna helada
20°C
Previsión
4 de junio, 2026
Día
07
Previsión
14°C
 

Titulares

ANTICIPO DE METADATA

Legislatura aprobará mañana una nueva suspensión de la entrada en vigencia del Código de Convivencia Ciudadana

La Comisión de Asuntos Constitucionales emitió un despacho favorable para suspender por 180 días la puesta en marcha del Código de Convivencia Ciudadana. El Poder Judicial, como anticipó Metadata en junio, advertía la imposibilidad de ponerlo en práctica por la pandemia y la falta de presupuesto.

Fuentes consultadas por Metadata aseguraron que en la sesión de mañana se tratará y aprobará la suspensión del Código de Convivencia Ciudadana que tendría que haber entrado en vigencia hace más de un año y medio.

El Código de Convivencia Ciudadana, elaborado por la Legislatura anterior y con una participación protagónica de la exdiputada Florencia Papaiani, nunca se puso en vigencia por varias razones.

Una de ellas se debió a la pandemia de coronavirus del año pasado y que aún permanece, aunque con un grado mucho más bajo en cuanto a contagios y muertes.

La parálisis de la puesta en marcha también se originó, según fundamentos de la cúpula del Poder Judicial de Chubut, a temas estrictamente presupuestarios. Es que el envío de fondos por goteo a la justicia impedía cualquier aplicación de la ley que fue sancionada y promulgada por el Ejecutivo de Chubut.

En la sesión de mañana, los diputados aprobarán una nueva suspensión por un lapso de seis meses, con lo cual se espera que a partir del segundo semestre del 2022, el Código de Convivencia Ciudadana pueda comenzar a aplicarse en la provincia del Chubut.

LA HISTORIA Y LOS MOTIVOS QUE FRENARON LA APLICACIÓN

El 1 de enero de 2021 debía entrar en ejecución el nuevo Código de Convivencia Ciudadana. Los diputados provinciales prorrogaron la entrada en vigencia por 180 días, por lo cual dentro de 9 días la ley tendría que estar en pleno funcionamiento.

Sin embargo, el Superior Tribunal de Justicia volvió a solicitar una nueva extensión.

A la hora de justificar los motivos de la prórroga de la vigencia de ambas leyes, Panizzi explicó los impedimentos que genera la pandemia desde marzo del año pasado, pero también el impacto presupuestario que implicaría debido a la necesidad de contar con más fiscales y defensores en el marco del nuevo Código de Convivencia Ciudadana.

“Desde el mes de marzo del 2020, con la llegada de la pandemia por Covid-19 a nuestro país, y por ende, a nuestra provincia, han cambiado sustancialmente el escenario en que se pretendía aplicar ambas leyes, aún con la prórroga concedida”, sostuvo Panizzi en el proyecto de ley que ya se encuentra en Legislatura.

A días de producirse el vencimiento de ese plazo, Panizzi indicó que “se advierte el contexto adverso en que se tendrían que poner en marcha ambas leyes”.

Además, puntualizó que “se debería duplicar la cantidad de fiscales y defensores solo para poder hacer frente a la cuestión contravencional, con el impacto presupuestario que ello conlleva”.

Asimismo, Panizzi advierte que no se verifica la creación del fondo para la implementación y difusión de la Ley I N° 683 – integrado por los montos recaudados por el cobro de sanciones impuestas por las faltas cometidas – y que, según esa misma norma, debe ser administrado por el Superior Tribunal de Justicia.

Por estos motivos, “entendemos que resulta razonable prorrogar el diferimiento de la entrada en vigencia de las leyes XV N° 27 y I N° 683 por el lapso de 18 meses”.   

Compartir: