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Titulares

AFIP: En Metadata te contamos hasta cuándo se pueden regularizar las deudas

La Administración Federal de Ingresos Públicos ofrece un plan de pagos destinado a micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro, asociaciones civiles y pequeños contribuyentes. Tiene hasta 120 cuotas.

La moratoria de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) -a cargo de Mercedes Marcó del Pont– permite regularizar deudas vencidas al 31 de agosto en hasta 120 cuotas. La herramienta de alivio fiscal estará vigente hasta el 15 de marzo de 2022. Entérate cómo adherirte.

El plan de pagos está destinado a micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro, asociaciones civiles y pequeños contribuyentes. Y las cuotas serán iguales en cuanto al capital y consecutivas, no pudiendo resultar inferiores a $1.000, excepto cuando la deuda consolidada sea menor a dicho importe.

Moratoria AFIP: cuándo vencen las cuotas y cuál es la cantidad máxima

La primera cuota vencerá el 16 de abril de 2022 y las siguientes el día 16 de cada mes, cancelándose a través de débito directo en cuenta bancaria. Y la cantidad máxima varía de acuerdo al contribuyente y a las obligaciones que pretenda incluir en el plan, según se detalla a continuación:

  • Entidades sin fines de lucro y organizaciones comunitarias, micro y pequeñas empresas con certificado mipyme, personas humanas y sucesiones indivisas considerados “Pequeños contribuyentes”:
  •  Aportes de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social: 60 cuotas.
  • Demás obligaciones: 120 cuotas.
  • Medianas empresas:
  •  Aportes de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social: 36 cuotas.
  • Demás obligaciones: 60 cuotas.
  • Demás contribuyentes:
  •  Aportes de la seguridad social, retenciones y percepciones impositivas y de la seguridad social: 24 cuotas.
  • Demás obligaciones: 36 cuotas.

Cuando los planes incluyan obligaciones que tienen diferente cantidad de cuotas se tomará la menor.

Moratoria AFIP: cómo se pueden regularizar las deudas vencidas

  • Ingresar con CUIT y clave fiscal al servicio “Mis Facilidades”.
  • Acceder a la opción “validación de deuda”.
  • Seleccionar los períodos y luego presionar sobre CONFIRMAR Y GENERAR PLAN.
  • Seleccionar la pestaña “Nueva presentación” y elegir la opción “LEY 27653 – PLAN DE FACILIDADES DE PAGO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL”.
  • Se desplegarán las opciones correspondientes al tipo de deuda. Elegir el que corresponda.
  • El sistema mostrará los cinco pasos para la carga del plan de pagos. Se deberán completar todos para poder generar el envío del plan.
  • A continuación, se deberán seleccionar todas las deudas a incluir en la moratoria.
  • En este paso se podrá visualizar un recuadro denominado “Deuda Consolidada” donde se informa:
  •  Deuda consolidada sin condonación de intereses.
  • Deuda consolidada con beneficio Ley 27.653: aplicando condonación de intereses.
  • Deuda consolidada con 15% de bonificación por pago contado: aplicando, además de las condonación de intereses, el descuento por pago al contado.
  •  En el paso 4 se deberá generar el VEP y seleccionar el tipo de entidad.
  • Por último, se deberá efectivizar el envío del plan y listo.
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