El Ministerio de Economía anunció este domingo medidas de alivio fiscal para los autónomos y adelantó un proyecto de ley para simplificar el paso entre monotributistas y autónomos a profesionales y comerciantes con una facturación mensual que no supere los 15 salarios mínimo vital y móvil (SMVM), lo que actualmente representa $ 1.770.000.
“A los autónomos que están esperando, que estén tranquilos, en las próximas horas también vamos a tomar una decisión para beneficiar a esos profesionales y comerciantes que trabajan y emprenden de manera autónoma y están esperando una respuesta nuestra”, adelantó ayer el titular del ministerio y candidato a presidente, Sergio Massa.
Actualmente están inscriptos como autónomos 987.000 personas, de las cuales 286.000 (29%) son directores de sociedad anónima; otras 364.000 (37%) son comerciantes y 337.000 (34%) son profesionales y prestaciones de servicios.
Economía aclaró que las personas del primer grupo (los 286 mil directores) “pagan la cuota mensual de autónomo de la seguridad social, pero sus ingresos mayoritarios son honorarios de directorio o “bonus” de las empresas, que tienen un tratamiento especial tanto en el impuesto a las ganancias como en el IVA”, por lo cual “para estos contribuyentes no se estudia ninguna modificación ya que son un grupo de alta capacidad contributiva”.
Las medidas anunciadas, que incluyen un proyecto de ley, así como la suba del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias a $ 1.770.000 desde octubre y el reintegro del IVA en la canasta básica, “muestran a cada argentino cuál es el camino que voy a tomar como Presidente, que es el de la recuperación del salario porque hoy venimos muy atrasados”, agregó Massa.
La cartera anunció hoy que “para dar una respuesta inmediata a los autónomos que no sean los de mayor capacidad contributiva”, se prevén las siguientes medidas de alivio fiscal que no requieren de trámite legislativo.
Disponen la “reducción del porcentaje de retención del impuesto a las ganancias, que va del 5% al 31%, y aumento de los mínimos a partir de los cuales se comienza a retener para los honorarios profesionales”.
También se implementará un “diferimiento del pago del IVA para los meses de septiembre a diciembre de 2023″, así como el “diferimiento del pago de los Aportes mensuales de los trabajadores autónomos para los meses de setiembre a diciembre de 2023″.
