El Gobierno oficializó la derogación de la medida que autorizaba a las aseguradoras a dejar de prestar el servicio de grúa y remolque a sus asociados a partir del próximo mes, mediante la Resolución Sintetizada 269/2024.
El documento oficial dispuso dejar sin efecto la Resolución 217/2024 y reincorporar “los textos de las cláusulas “CG-CO 4.1. Gastos de Traslado y Estadía Cláusula de emisión obligatoria” y “CA-CO 15.1. Servicio de Remolques” en el inciso a.1) del Anexo del punto 23.6. del Reglamento General de la Actividad Aseguradora (t.o. Resolución SSN N° 38.708 de fecha 6 de noviembre de 2014, y sus modificatorias y complementarias), conforme su anterior redacción”.
De esta manera, la decisión no llegará a entrar en vigencia ya que desde este martes quedó sin efecto el documento que la reglamentó, como había anticipado la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) a Noticias Argentinas.
A pesar de que el vocero presidencial, Manuel Adorni, había confirmado que no se revertiría la decisión de modificar el servicio de grúas ofrecido por las compañías aseguradoras en todo el país, el Ejecutivo confirmó la marcha atrás tras los diferentes reclamos presentados, que incluyeron una acción colectiva de la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina (ACUDA).
La normativa que fue derogada había planteado el objetivo de desregular el sector, “proteger al ciudadano” y aumentar la competencia. Incluso, algunas compañías de seguros ya habían empezado a enviar a sus clientes cartas con la notificación de este cambio en el servicio prestado.
La modificación, de haber seguido adelante, implicaba además que las aseguradoras ya no estuvieran obligadas a cubrir los “desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas o falta de combustible”. Solo tendrían la obligación de cubrir los costos de grúa y auxilio mecánico en los casos de “accidente, incendio y robo y/o hurto”.