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Titulares

El tiroteo en la campaña política de Luque en Trelew terminó en la nada: Penas en suspenso y tareas comunitarias  

El hecho ocurrió en plena campaña a la gobernación a mediados de 2023. Fue cuando el entonces candidato a gobernador de Arriba Chubut, Juan Pablo Luque, recorría el Barrio Planta de Gas en Trelew junto a colaboradores y militantes. En la caminata se desataron disparos contra la comitiva que lideraba el intendente comodorense que no terminaron en tragedia de milagro.

Tras varias jornadas en que se desarrolló el debate sobre la acusación presentada por el Ministerio Público Fiscal, donde se juzgaban hechos ocurridos en el barrio Planta de Gas de Trelew cuando en julio de 2023 se realizaba una movilización política en ese sector, el Juez Gustavo Castro dictó la resolución mediante la cual impone requisitos de conducta y tareas comunitarias para los involucrados, además de la pena de ejecución condicional.

En efecto, el Ministerio Público Fiscal acusó a Pablo Alarcón y Fernando Daniel Lefimi por los delitos de portación de arma de fuego de uso civil condicional sin la debida autorización legal en concurso real con intimidación pública en carácter de coautores, y al primero de los mencionados también la tenencia de arma de fuego sin poseer la debida autorización legal en carácter de autor, hechos por los que solicitaba una pena que no excedería los seis años de prisión.

En su resolución, el Juez Gustavo Castro, tras evaluar los elementos presentados durante el debate correspondiente determinó condenar a Pablo Alarcón, defendido por Carlos Pericich, como autor penalmente responsable del delito de tenencia de arma de fuego de uso civil condicional sin poseer la debida autorización legal a tres años de prisión de ejecución condicional y costas del proceso.

Por otro lado, condena a Fernando Daniel Lefimi, cuyo defensor fue Abdón Manyauix, como autor penalmente responsable del delito de abuso de armas, a la pena de dos años de ejecución condicional y costas del proceso.

Ambos fueron impuestos de determinadas reglas de conducta, en tanto Alarcón deberá realizar trabajos comunitarios por el término de cien horas y Lefimi tareas no remuneradas en favor de la comunidad por ochenta horas.

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