La propiedad en cuestión está ubicada en jurisdicción del Parque Nacional Los Alerces. Denunciante y denunciada, tienen derecho de posesión. Robertson formalizó la investigación de un posible delito de usurpación, luego de fracasado un intento de conciliación entre las partes.
En la audiencia solicitó la restitución de la propiedad a la denunciante. La mujer dijo que quiere volver a ingresar a su casa, en la que estaba realizando mejoras. Añadió que quiere ver si sus cosas están en el estado en que las dejó.
Por la Defensa, Laura Carpinetti, planteó que se trata de un conflicto que debe dirimirse en sede civil, no penal. Resaltando que su defendida cuenta con derechos reconocidos judicialmente y que no hay elementos suficientes para que pueda encuadrarse el caso en una usurpación.
Novarino, analizó la situación, constató los derechos de ambas partes y dispuso como medida cautelar, que se habilite el ingreso de la denunciante a la propiedad, instando a que durante el plazo de la investigación procure llegarse a una salida alternativa al conflicto.
LA RESTITUCIÓN DE LA POSESIÓN
Gracias a la reciente incorporación del artículo 238 bis del Código Procesal Penal de Chubut, la Fiscalía pudo pedir la restitución inmediata del inmueble, cumpliendo con algunos requisitos. En primer lugar, la formalización de la investigación penal preparatoria y la acreditación documentada por parte de la víctima de su derecho de propiedad o de la legítima posesión o tenencia sobre el inmueble usurpado. En este caso como la denunciada también tiene derecho, la medida cautelar se limitó a disponer que se habilite el acceso a la denunciante.