El pasado 18 de abril, en la localidad de Esquel, se llevó a cabo la audiencia de control de detención de “R. A.”, detenido en flagrancia por violar una medida judicial de prohibición de acercamiento hacia su ex pareja.
El imputado registra 8 causas penales previas por violencia de género contra la misma víctima, sumado a tres legajos fiscales en etapa preliminar por delitos similares.
Durante la audiencia, el juez penal Carlos Richeri, atendiendo lo expuesto por la fiscal Cecilia Bagnato, resolvió dictar la prisión preventiva para el imputado, fundamentando la medida en el riesgo de reiterancia delictiva, en función de su historial recurrente de historias violentas.
REITERANCIA DELICTIVA
La nueva figura incorporada al Código Procesal Penal de Chubut a partir de un proyecto de ley impulsado por el Poder Ejecutivo provincial, se alinea con la reciente reforma federal incorporada en la Ley 27.785, siguiendo una tendencia nacional que busca dar previsibilidad al accionar judicial sin vulnerar garantías constitucionales, respetando el principio de legalidad y la presunción de inocencia.
El artículo 20, en su nueva redacción, instruye al juez a tener especialmente en cuenta la reiterancia delictiva como uno de los elementos para valorar el peligro de fuga. A su vez, el artículo 221 precisa que la existencia de varios procesos penales activos contra una misma persona será considerada una circunstancia relevante al momento de definir medidas de coerción.
Con esta ley, la Provincia del Chubut se coloca a la vanguardia de una política procesal moderna, centrada en el equilibrio entre garantías y eficacia, dando respuesta a una ciudadanía que exige un sistema penal más ágil y confiable.