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Titulares

Diputados eximieron del pago de impuesto inmobiliario al sector ganadero

El proyecto referido a la eximición de impuestos para inmuebles rurales tuvo 22 votos a favor, la oposición de Vasconcelos y el rechazo de Andrea Toro, presidenta del bloque del PICH.

El diputado del bloque Despierta Chubut Leonardo Bowman lo fundamentó: “La ley vigente, en su artículo 1°, exime del impuesto inmobiliario a los inmuebles ubicados fuera de los ejidos municipales que se encuentren afectados exclusivamente a la actividad ganadera explotada por los contribuyentes del tributo. Este último párrafo limitó el alcance a quienes se encuentran produciendo en un inmueble y no son titulares”.

De esta manera, continuó el diputado, “los pagos que hubiesen realizado los contribuyentes por este tributo correspondiente al año 2025 y que ahora fueran alcanzados por la presente ley, serán imputados al período 2026, y de existir remanente al período fiscal siguiente. Además se incorpora un artículo a partir del cual se prorrogan los vencimientos de impuestos inmobiliarios de los períodos 2023 y 2024”.

Por otro lado, completó Bowman, “se faculta a la Agencia de Recaudación a establecer una fecha que no supere el límite del 31 de diciembre de 2026. Y condona los intereses siempre y cuando el pago fuese hecho en su totalidad y efectuado antes de la fecha límite”.

En tanto, el presidente del bloque Arriba Chubut, Juan Horacio Pais, no dudó que el proyecto aprobado en enero por el oficialismo tenía buenas intenciones, pero advirtió que el 29 de enero de 2025, cuando se trató la ley que ahora se modificó, por “el apuro”, “no pudimos analizar cada una de las aristas que contemplaba ni siquiera la totalidad de las leyes y artículos a las que hace referencia el proyecto que van a tratar”.

Luis Juncos (Despierta Chubut) respondió a observaciones que hizo la presidenta del bloque del PICH, Andrea Toro, respecto de la aplicación de esta ley. Y explicó: “La ley que estamos modificando hablaba taxativamente de la eximición del pago del impuesto inmobiliario durante el 2025; lo que se hizo es una modificación, pero manteniendo lo que decía el texto original, que tiene que ver justamente con el período 2025”, señaló.

Así dejó en claro que “esas personas, a partir de la sanción de esta ley, correspondería que no paguen el tributo por el año 2025, lo cual generaría un crédito a su favor. Respecto del 2023 y el 2024 no tenemos ninguna que los haya eximido anteriormente”.

Por lo tanto, explicó Juncos, “no podemos generar un crédito porque eso sí generaría un desequilibrio y algún inconveniente con todas aquellas personas que habían pagado en tiempo y forma”.

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