El acuerdo fue presentado de manera conjunta por el abogado querellante Francisco Castagnoli en representación de Carla Bonicatto y Kamila Danese —ex pareja e hija de la víctima respectivamente—; el Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal general Jorge Bugueño; y la defensa, ejercida por el abogado Fabián Gabalachis.
Durante la audiencia, la familia de la víctima prestó su conformidad al acuerdo, que contempla la pena de prisión en suspenso, la inhabilitación para conducir por cinco años y el cumplimiento de las reglas de conducta del artículo 27 bis del Código Penal, entre ellas la prohibición de consumir alcohol o estupefacientes en exceso, fijar residencia y someterse a control periódico ante la Oficina Judicial. Además, la imputada deberá acreditar ante sus profesionales tratantes si requiere o no un tratamiento por consumo problemático de alcohol o drogas, y continuar con el seguimiento psicológico y psiquiátrico que mantiene desde el hecho.
En su resolución, notificada la tarde del jueves, la jueza Flores consideró que la pena acordada resulta “razonable y proporcional” al delito atribuido, destacando la admisión de responsabilidad de la imputada, su colaboración durante el proceso y el acompañamiento y satisfacción de las víctimas con la solución alcanzada. El fallo dispone también el levantamiento del embargo e inhibición de bienes una vez firme la sentencia y la notificación de la inhabilitación de conducir a la Agencia Nacional de Seguridad Vial y al área de Tránsito de la Municipalidad de Puerto Madryn.
