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Titulares

Histórico fallo en Chubut: Por qué anularon la condena en la que el juez usó ChatGPT para redactarla

El tribunal comprobó que parte de la argumentación había sido generada por IA. El juez dejó incluso una instrucción interna a la máquina dentro del texto.

En un contexto donde la inteligencia artificial comienza a infiltrarse en los procesos judiciales, un fallo reciente de la Cámara Penal de Esquel marca un antes y un después: por primera vez en la Argentina, se anuló una condena penal por el uso indebido de IA en su fundamentación.

La Cámara en lo Penal de Esquel (Chubut) hizo justicia. Pero no solo en el sentido clásico de resolver un caso de robo: lo hizo al proteger el corazón del Estado de Derecho. Anuló una sentencia condenatoria porque había sido redactada en parte, por una máquina.

¿CÓMO FUERON LOS HECHOS?

La historia comienza cuando un juez penal usó el ChatGPT para escribir los fundamentos de una sentencia que imponía dos años y medio de prisión.

El error que lo delató fue casi ingenuo: dejó en el texto una instrucción interna a la IA. “Aquí tienes el punto IV reeditado, sin citas y listo para copiar y pegar”, decía el párrafo que reveló todo.Esa línea cambió la historia judicial argentina.

Cuando leí ese fragmento, recordé una pregunta que atraviesa toda la jurisprudencia constitucional: ¿Quién decide en una sentencia penal? No es una pregunta retórica. Es el núcleo del Derecho Procesal Penal democrático.

Sin ir más lejos, el juez que condenó a R.A.P. no delegó una tarea administrativa, tampoco usó la IA para ordenar expedientes o buscar jurisprudencia. Le pidió que redactara los fundamentos con los que rechazaba los planteos de nulidad de la defensa, que cuestionaban dos pruebas clave: los videos de las cámaras de seguridad y una pericia comparativa.

En otras palabras: le pidió a una máquina que decidiera, bajo el disfraz de “redacción complementaria”, si la defensa del acusado tenía razón o no.

La Cámara de Esquel lo entendió así, y lo dijo con claridad ejemplar. La jueza Carina Paola Estefanía, en su voto principal, y los jueces Martín Zacchino y Hernán Dal Verme en votos concurrentes, fueron categóricos: esto viola el principio de juez natural, el debido proceso y los estándares mínimos de fundamentación que exige una sentencia penal en un Estado constitucional de derecho.

EL ACUERDO PLENARIO N° 5435: UN MARCO ÉTICO IGNORADO

Chubut no carece de reglas. En 2025, su Superior Tribunal de Justicia aprobó el Acuerdo Plenario Nº 5435, que fija las Directivas para el uso ético y responsable de inteligencia artificial generativa en el Poder Judicial.

Lo cierto es que protocolo es claro:

  • Control humano efectivo. La IA puede asistir, pero nunca sustituir. El juez debe supervisar cada respuesta antes y después de usarla. En este caso, no lo hizo: copió y pegó.
  • Transparencia obligatoria. Se debe declarar qué IA se usó, con qué datos y bajo qué instrucciones. El juez no informó nada. Si no fuera por ese renglón olvidado, su intervención habría sido invisible.
  • Confidencialidad. Está prohibido volcar información sensible en sistemas de IA sin anonimizar. El juez lo hizo, incluyendo nombres reales.
  • Prohibición de delegar decisiones. La IA puede redactar borradores, pero nunca resolver cuestiones de fondo.

La Cámara concluyó que todos estos principios fueron vulnerados. Por eso, anuló la sentencia y el juicio, ordenando un nuevo proceso ante otro magistrado.

Por Andrés García Vautrin, abogado especializado en Derecho Penal, para TN

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