Trelew
Mainly clear
18°C
Previsión
14 de septiembre, 2026
Día
25
Llovizna helada
19°C
Previsión
15 de septiembre, 2026
Día
07
Previsión
10°C
Previsión
16 de septiembre, 2026
Día
07
Previsión
22°C
Previsión
17 de septiembre, 2026
Día
07
Previsión
19°C
 

Puerto Madryn
Clear sky
18°C
Previsión
14 de septiembre, 2026
Día
24
Llovizna helada
18°C
Previsión
15 de septiembre, 2026
Día
07
Previsión
9°C
Previsión
16 de septiembre, 2026
Día
07
Previsión
21°C
Previsión
17 de septiembre, 2026
Día
07
Previsión
18°C
 

Rawson
Mainly clear
19°C
Previsión
14 de septiembre, 2026
Día
25
Llovizna helada
19°C
Previsión
15 de septiembre, 2026
Día
07
Previsión
10°C
Previsión
16 de septiembre, 2026
Día
07
Previsión
22°C
Previsión
17 de septiembre, 2026
Día
07
Previsión
18°C
 

Titulares

Tras la muerte de Ángel, la Corte de Chubut intervino el área judicial que se ocupó del niño antes de que muriera

A través de un acuerdo plenario, el máximo organismo judicial resolvió auditar y normalizar el área que funciona como apoyo de los juzgados de Familia en la circunscripción de la zona sur. Será por el plazo de 60 días, con la asistencia de las licenciadas Valentina Kresteff y Gisela Ochoa.

Por unanimidad a través del Acuerdo Plenario N° 5659/2026, el Superior Tribunal de Justicia del Chubut dispuso “la intervención del Equipo Técnico Interdisciplinario de la Circunscripción Judicial N° II de la ciudad de Comodoro Rivadavia” por el plazo de 60 días.

La medida lleva la firma de los seis ministros que integran el pleno del organismo, es decir, Dr. Andrés Giacomone, Dr. Javier Raidan, Dra. Silvia Bustos, Dra. Camila Banfi, Dr. Mario Vivas y Dr. Ricardo Napolitani.

Además, la corte provincial dispuso que dicha intervención “sea llevada a cabo por la Excelentísima Cámara de Apelaciones de esa Circunscripción, en cabeza de su señora Presidente -Dra. María Marta Nieto-, en ejercicio de la función de superintendencia delegada por el Superior Tribunal de Justicia”.

El acuerdo plenario dispone también que la Cámara de Apelaciones mencionada “cuente, a los fines indicados, con la colaboración técnica de la señora Coordinadora Técnica de los Equipos Técnicos Interdisciplinarios – Licenciada Valentina Kresteff- y de la Licencia Gisela Ochoa, funcionaria de este Superior Tribunal de Justicia”.

De acuerdo a la decisión, la intervención “deberá llevarse a cabo a través de la correspondiente auditoria y contralor del debido cumplimiento de las misiones y funciones encomendadas a ese organismo por la normativa vigente, debiendo la Excelentísima Cámara de Apelaciones elevar semanalmente un informe a este Superior Tribunal de Justicia dando cuenta de su evolución”.

En los fundamentos, se citan los Acuerdos Plenarios N° 5302/2024, 5595/2025 y 5630/2026, que “modifican el sistema de guardias de violencia familiar y de género” y se menciona “el lamentable acontecimiento acaecido en la ciudad de Comodoro Rivadavia en las últimas horas, que es de público conocimiento”.

 TEXTO COMPLETO

 Acuerdo Plenario N° 5659/2026

Rawson, 14 de abril de 2026

VISTO y CONSIDERANDO:

Los Acuerdos Plenarios N° 5302/2024, 5595/2025 y 5630/2026, que modifican el sistema de guardias de violencia familiar y de género.

El lamentable acontecimiento acaecido en la ciudad de Comodoro Rivadavia en las últimas horas, que es de público conocimiento.

Lo dispuesto por el art. 23 de la Ley V N° 174.

Por ello, el Superior Tribunal de Justicia, en uso de las atribuciones que le confiere el art. 178 inc. 3) de la Constitución Provincial y lo dispuesto por el art. 20 inc q) de la Ley V N° 174;

ACUERDA:

Artículo 1: DISPONER la intervención del Equipo Técnico Interdisciplinario de la Circunscripción Judicial N° II de la ciudad de Comodoro Rivadavia.

Artículo 2: DISPONER que dicha intervención sea llevada a cabo por la Excelentísima Cámara de Apelaciones de esa Circunscripción, en cabeza de su señora Presidente -Dra. María Marta Nieto-, en ejercicio de la función de superintendencia delegada por el Superior Tribunal de Justicia, la que se deberá llevar a cabo en el plazo de 60 (sesenta), días a partir de la presente fecha.

Artículo 3: DISPONER que la Cámara de Apelaciones mencionada cuente, a los fines indicados, con la colaboración técnica de la señora Coordinadora Técnica de los Equipos Técnicos Interdisciplinarios – Licenciada Valentina Kresteff- y de la Licencia Gisela Ochoa, funcionaria de este Superior Tribunal de Justicia.

Artículo 4: DISPONER que la mencionada intervención deberá llevarse a cabo a través de la correspondiente auditoria y contralor del debido cumplimiento de las misiones y funciones encomendadas a ese organismo por la normativa vigente, debiendo la Excelentísima Cámara de Apelaciones elevar semanalmente un informe a este Superior Tribunal de Justicia dando cuenta de su evolución.

Artículo 5º: REGÍSTRESE y comuníquese.

Compartir: