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Titulares

Masacre ambiental en Punta Tombo: La Justicia define el futuro del caso que marcó un precedente ambiental en el país

El Superior Tribunal de Justicia de Chubut revisará la condena por la muerte de más de 200 pingüinos de Magallanes y deberá resolver si ratifica un fallo inédito que podría sentar jurisprudencia en materia ambiental.

La muerte de más de 200 pingüinos en Punta Tombo, Chubut, marcó un antes y un después en la justicia argentina. Un hombre, identificado como Ricardo La Regina, ingresó con maquinaria pesada en su campo y destruyó parte de una colonia de pingüinos de Magallanes, lo que dejó cientos de ejemplares muertos por aplastamiento y electrocución.

El hecho ocurrió en 2021, dentro de un área protegida frente a la costa patagónica. La Regina fue condenado a tres años de prisión condicional por el delito de masacre ambiental.

A partir de este episodio, la figura de ecocidio tuvo su primera condena en el país y captó la atención de organismos nacionales e internacionales. El proceso judicial incorporó peritajes científicos precisos y trabajó con la colaboración de entidades como la Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE) y la organización National Geographic. La sentencia fue recurrida por el condenado y actualmente la Corte Suprema de Chubut debe revisar el fallo.

La fiscal Florencia Gómez, Fiscal General Jefe de la Unidad Fiscal Especializada en Ambiente y Delitos contra Animales, llevó adelante la investigación. Gómez detalló: “Es la primera vez que se llega a una condena de este tipo. Este caso dejó en evidencia que ningún derecho es absoluto en este país. No se puede argumentar la propiedad de la tierra para arrasar la naturaleza, porque la naturaleza nos pertenece a todos y el Estado debe velar por su cuidado”.

CONSECUENCIAS JUDICIALES

La investigación judicial tomó tres años y requirió la intervención de diversos especialistas. Gómez explicó: “Convoqué a 92 testigos que ratificaron mi teoría del caso. Se acreditaron tres hechos de impacto ambiental y uno por crueldad hacia los animales. Gracias a la CONAE, a expertos en suelos, pingüinos y distintas áreas, logramos determinar con precisión los días y horas de destrucción de la colonia”. Los expertos confirmaron que, durante la temporada de reproducción, los nidos afectados contenían adultos, huevos y pichones.

El fallo señaló el daño irreparable en zonas de alta densidad de nidos, compactadas y destruidas durante la faena. Además, resaltó la fragilidad del área y su importancia para la biodiversidad local. Gómez afirmó: “Se arrasó, se compactó, se destruyó una zona declarada por UNESCO como Patagonia Azul, y áreas reconocidas como PAICA por la presencia de aves que llegan a reproducirse allí, como el pingüino de Magallanes”.

Uno de los efectos inmediatos del proceso fue la creación de la primera unidad especializada en derecho animal y ambiental en la provincia de Chubut. Gómez fue designada al frente de la nueva estructura. Además, la visibilidad que tuvo el caso llevó a que organismos internacionales estudiaran el precedente judicial y a la ampliación de zonas protegidas en la región.

IMPACTO AMBIENTAL EN PUNTA TOMBO

El fallo judicial obligó a las autoridades a triplicar el área de protección para el pingüino de Magallanes en Chubut. Gómez relató: “El gobierno triplicó el área de protección del pingüino y toda esta zona quedó bajo custodia estatal. Hay sectores que quedaron destruidos de por vida y otros con daño irrecuperable, como aquellos donde se levantó hasta 60 centímetros de la capa superficial”.

Actualmente, el acceso y control de la zona recae en guardafaunas y el Ministerio de Turismo provincial. Los mecanismos de protección funcionan en las temporadas de arribo y reproducción de los pingüinos. Entre septiembre y noviembre, organismos estatales realizan relevamientos para identificar la llegada de adultos, hembras y pichones, con el fin de resguardar la colonia e impedir agresiones externas.

Florencia Gómez subrayó la importancia del fallo: “El mensaje de Tombo para el resto del país es que ningún estanciero puede creerse dueño de la naturaleza. La vida silvestre está protegida por el artículo 41 de la Constitución Nacional, que nos otorga el derecho y la obligación de conservarla”.

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