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Titulares

Declararon culpables a la mujer y su hijo por reducción a la servidumbre en Paso de Indios

Así lo determinó el jurado popular integrado por doce miembros, seis mujeres y seis hombres cuando dieron a conocer el veredicto alrededor de las 16:15, tras el juicio que se realizó desde el martes pasado en la sede de la asociación de magistrados y funcionarios ubicada en calle Pellegrini de Trelew, y luego del tiempo procesal durante el cuál el Ministerio Público Fiscal llevó adelante las investigaciones hasta llegar a esta decisiva instancia.

La fiscal general Mariana MIllapi, que estuvo acompañada por el funcionario de fiscalía Rubén Kholer y Santiago Angulo, enfatizó en su alegato final sobre la veracidad de lo acontecido a Adolfo Yancamil, lo que fue puesto de manifiesto por los testimonios escuchados durante el debate, donde depusieron entre otros, once pobladores de Paso de Indios, quienes dieron cuenta del sometimiento ejercido por los ahora culpables hacia la víctima que al momento de los hechos tenía 74 años. También referenció en la importancia del testimonio dado por el propio Yancamil y los dichos de los profesionales que lo atendieron tanto física como psicológicamente.

Los hechos investigados que quedaron expuestos a través de las pruebas documentales y testimoniales datan del día 26 de diciembre de 2022 en la localidad de Paso de Indios cuando Marta Beatriz Caucamán convenció a la víctima para viajar a Esquel y tratarse con un médico por problemas de salud. Una vez en la mencionada localidad el hombre solicitó un préstamo bancario por ciento cincuenta mil pesos, el que le fue sustraído por la mujer y lo destinó a propósitos personales y a la compra de tres pasajes con el fin de retornar en compañía también de Juan Ovejero, hijo de Caucamán. De vuelta en Paso de Indios la encartada lo persuadió de vender su casa a otra persona, lo que se concretó en presencia y control de la mujer.

Seguidamente los imputados convencieron y trasladaron a la víctima a una vivienda que ellos ocupaban y sabiendo lo que hacían, con intenciones de menoscabar la integridad física, psíquica y económica, continuaron con su faena delictiva y los cuidados y contención prometidos se convirtieron en un total sometimiento manteniéndolo cautivo mediante encierros, golpes, amenazas, y le ordenaron la realización de trabajos físicos forzosos, a la vez que lo vigilaban cuando se desplazaba por el pueblo a hacer los mandados y le obligaban a quedarse arrodillado en pedregullo por horas como castigo si desobedecía, negándole también la comida. Asimismo en fecha de cobro lo llevaban a buscar su jubilación y le sustraían el dinero en la plaza, bajo amenazas de golpes.

Se pudo establecer que meses antes José Ovejero le vendió al propio afectado un Renault Megane modelo 1997 y finalmente, por ese mismo vehículo, en julio de 2023 Marta Caucamán suscribió un boleto de compraventa por el que vendió la unidad a otra persona, sin haber entrado la víctima nunca en posesión del mismo y tampoco percibido dinero alguno por la venta.

El sometimiento duró hasta el 30 de agosto de 2023, a partir de la intervención de un agente que advirtió en mal estado físico al hombre cuando iba por un mandado, por lo que intervino personal policial y finalmente es asistido en el hospital local y se le certificó un diagnóstico de deshidratación, malestar y contusiones múltiples con una talla muy inferior a lo normal y un pesaje de 40 kg por lo que se ordenó la inmediata internación donde se le brindaron alimentos y personal se ocupó de su aseo personal, situación que consta en la historia clínica.

La calificación legal por la que el Jurado emitió el veredicto de culpabilidad es por el delito de reducción a la servidumbre en concurso ideal con lesiones leves en perjuicio de Adolfo Yancamil en carácter de autora respecto de Marta Beatriz Caucamán y Juan José Ovejero en carácter de partícipe primario, artículos 140, 89 y 45 del código penal.

El Juez Gustavo Castro que tuvo a su cargo el desarrollo de este juicio por jurados enmarcado en la Ley XV Número 30 de la provincia comunicó luego de conocerse la determinación del tribunal popular que la audiencia de cesura de pena tendrá lugar el próximo martes 28 de abril a las 10. Allí las partes argumentarán respecto a la pretensión punitiva, la que de acuerdo a la acusación respectiva se solicitará desde fiscalía penas de entre nueve y siete años de prisión.

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