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Titulares

El Gobierno autoriza ventas y subastas de terrenos e inmuebles del Estado

Habilitó la enajenación de cuatro predios en Buenos Aires, Córdoba, Mendoza y Tierra del Fuego, mientras la AABE avanzó con dos subastas de propiedades porteñas.

El Poder Ejecutivo autorizó a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) a disponer y enajenar cuatro inmuebles de propiedad del Estado Nacional ubicados en la Ciudad de Buenos Aires, Córdoba, Mendoza y Tierra del Fuego.

La medida quedó establecida en el Decreto 764/2026, firmado por el presidente Javier Milei y el jefe de Gabinete, Diego Santilli, publicada hoy en el Boletín Oficial.

El primero de ellos está ubicado en Avenida Belgrano 637, en la Ciudad de Buenos Aires y cuenta con una superficie aproximada de 956,80 metros cuadrados.

El segundo se encuentra en un terreno sin nombre de calle en la ciudad de Córdoba Capital y tiene una superficie de 32.261,26 metros cuadrados.

El tercero está en la calle Tiburcio Benegas, en San Rafael, Mendoza y tiene una extensión de 25.840,90 metros cuadrados.

El cuarto es el de mayor superficie: un predio de 382.594,79 metros cuadrados en Ushuaia, Tierra del Fuego, delimitado entre las calles Yaganes, 44 Héroes ARA San Juan, la Avenida Héroes de Malvinas y la calle Horeb.

Según el decreto, publicado en el Boletín Oficial, el Gobierno consideró que la venta de esos inmuebles ociosos “no solo constituirán una fuente de ingresos para el Tesoro Nacional sino que además generarán un impulso en la economía al ponerlos al servicio de diversas actividades productivas”.

La AABE identificó los predios en el marco de su Servicio de Auditoría de Bienes Inmuebles, con “falta de afectación específica, uso indebido, subutilización o estado de innecesariedad”, y algunos de ellos ya habían sido desafectados de sus jurisdicciones de origen antes de incorporarse al proceso de venta.

En paralelo, la AABE avanzó con procesos de subasta sobre otros dos inmuebles en la Ciudad de Buenos Aires, cuya venta responde al mismo criterio de identificar propiedades subutilizadas o sin destino específico para generar ingresos al Tesoro y reducir los costos de mantenimiento que representan para el Estado.

El primero de esos procesos es la Subasta Pública para vender un terreno de 823,68 metros cuadrados en la calle Santos Dumont 2677, que había estado afectado al uso ferroviario de Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad Anónima (ADIF) hasta su desafectación, dispuesta en septiembre de 2025 por el Ministerio de Economía.

La convocatoria fue autorizada mediante la Resolución 134/2026, firmada por la presidenta de la AABE, Tania Yedro.

Según esa resolución, publicada en el Boletín Oficial, el Tribunal de Tasaciones de la Nación determinó en junio pasado que el valor venal del inmueble —al contado y desocupado— asciende a $3.900 millones, equivalentes a US$2.608.695 al tipo de cambio de referencia utilizado en la tasación, y fijó el valor base de venta en $3.510 millones, equivalentes a unos US$2.347.826.

La subasta se realizará a través del sistema electrónico “Subast.ar”, de uso obligatorio desde 2018, y los recursos que se recauden, descontados los gastos, se destinarán conforme al artículo 15 del decreto 1382/2012, la norma que financia a la AABE con los ingresos de la gestión de bienes estatales.

El segundo proceso corresponde a un terreno de 210 metros cuadrados en la calle Teniente General Eustaquio Frías 247/249, también en la Ciudad de Buenos Aires.

La Resolución 135/2026 declaró desierto el primer llamado a subasta de ese predio y autorizó un nuevo llamado bajo las mismas condiciones.

Según la resolución, se había presentado una sola oferente, la firma Frías 247 SA, cuya presentación fue declarada inadmisible por no cumplir con los requisitos administrativos del pliego.

El Tribunal de Tasaciones había fijado en mayo el valor venal del inmueble en $433 millones, equivalentes a US$306.007 dólares, con un valor base de venta de $368.050.000, unos US$260.160.

El nuevo llamado SPU26 se realizará con idéntico pliego de bases y condiciones y los mismos criterios de afectación de recursos que en el caso anterior.

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