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EXCLUSIVO DE METADATA

Cuáles son los principales cambios en el Código Fiscal que aprobó ayer la Legislatura

Los diputados dieron luz verde en la sesión de ayer a modificaciones que introdujo el ministro de Economía, Oscar Antonena, al Código Fiscal. Los cambios alcanzan a Ingresos Brutos, Impuestos a los Sellos, Inmobiliaria Rural y la digitalización de los pagos para generar mayor eficiencia en la recaudación.

Metadata te cuenta en informe cuáles son los principales cambios al Código Fiscal que fue aprobado ayer por mayoría en la Legislatura de Chubut y que le permitirán al Gobierno mejorar los ingresos.

En los argumentos sostiene que se ajusta y aclara la redacción de la letra del articulado “a fin de mejorarla, facilitando su interpretación y así evitar errores o desvíos en su aplicación por parte de los contribuyentes”.

En otro pasaje de la ley sancionada, puntualiza que se incluye la posibilidad de determinar de oficio el domicilio fiscal electrónico a partir del conocimiento de su declaración por ante otros organismos de fiscalización y remarca que, siguiendo el avance de la tecnología y las relaciones comerciales y jurídicas actuales, en la redacción, “se le da preponderancia al mismo por sobre las formas de notificación tradicionales”.

En lo que respecta a normas particulares de impuestos, “se adecúa la redacción de la normativa del Impuesto Inmobiliario en relación a su base imponible, a la definición de inmueble productivo”, detalla el proyecto al que tuvo acceso Metadata.

Cabe recordar, que después de muchos años, la administración de Mariano Arcioni comenzará a recaudar a través de este gravamen, por el cual proyectan embolsar en un escenario de máxima $ 100 millones anuales.

En relación al impuesto sobre los Ingresos Brutos, “se ajusta su redacción en líneas generales, y se introduce una modificación conforme a lo previsto en el Consenso Fiscal 2017, alcanzando los ingresos generados por exportaciones vinculadas con actividades mineras y sus servicios complementarios”.

También se mejora la redacción del texto del Impuesto a los Sellos, “donde se incluyen algunos conceptos que, por no encontrarse explícitamente dentro del texto legal, por los mismos no se liquidaba y por ende no se pagaba el tributo a los sellos. Además, se adapta la liquidación del mismo a las tecnologías digitales que favorecen el pago no presencial de forma más rápida y eficiente, facilitando su pago y convirtiéndose en una herramienta eficaz para la recaudación del gravamen”.

Los cambios del Código Fiscal que sancionó ayer la Legislatura.
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