La misma estableció que los licenciatarios de servicios de TIC que presten servicios de acceso a internet que posean menos de 100.000 accesos podrán incrementar el valor de sus precios minoristas hasta un 7% para febrero, en relación con los precios autorizados mediante resolución 1466/20.
Esta normativa fue la que autorizó el primer aumento, tras el congelamiento dictado en marzo de este año, para las empresas de servicios de comunicaciones móviles, telefonía fija, internet y tv por suscripción.
En ese momento se permitió un aumento de 5% para las empresas en general, pero para el caso de los licenciatarios que poseían menos de 100.000 accesos y que no hubieran aumentado sus precios en cualquiera de sus planes y servicios durante 2020, hasta un 8%.
También se indicó que para establecer los porcentajes aprobados, se debían tomar como referencia sus precios vigentes al 31 de julio 2020.
Además, se dispuso que cualquier pretensión particular de incremento de un porcentaje superior a los establecidos debería “solicitarse con carácter excepcional y fundarse debidamente a través de documentación fehaciente”.
Precisamente, el Enacom indicó que “los prestadores notificaron a esta autoridad de aplicación las propuestas sobre variaciones de sus precios, planes y promociones”.
Fuente: Télam
