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Titulares

La Cámara Federal ratificó procesamiento contra Cristóbal López y quedó a un paso de otro juicio oral y público por una obra millonaria en Chubut

La Cámara Federal porteña confirmó sus procesamientos por negociaciones incompatibles a través de su constructora CPC.

La Sala I de la Cámara Federal porteña dejó a Cristóbal López y Fabián De Sousa a un paso de ir juicio oral, por el delito de negociaciones incompatibles, en una causa en la que se investigó una obra millonaria en Chubut a cargo de CPC SA, la constructora del Grupo Indalo, en la se detectaron -según la SIGEN- varias irregularidades.

Los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi confirmaron la acusación, mientras que Mariano Llorens votó por darles a los acusados una falta de mérito.

Según se desprende de la acusación, el organismo perjudicado fue el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento (ENOHSA), que había contratado a CPC para construir un acueducto para mejorar el abastecimiento de agua potable en la ciudad santacruceña de Caleta Olivia, tomando agua del lago Muster. La obra se realizó entre 2013 y 2017.

La SIGEN denunció a ex funcionarios de ENOHSA y a los titulares de CPC: Cristóbal López, su hijo mayor, Cristóbal Nazareno; su socio Fabián De Sousa, y su hermano Osvaldo De Sousa, entre otros.

Después de indagarlos, el juez que murió hace poco más de un año, Claudio Bonadio, procesó a los dueños del Grupo Indalo, encontrándolos responsables de haber cometido una defraudación contra el Estado.

De esta manera, los empresarios afrontaban un nuevo procesamiento por causas vinculadas a la corrupción.

Los camaristas -con el voto disidente de Mariano Llorens- señalaron que el encuadre es el delito de negociaciones incompatibles ya que E.N.O.H.SA. resolvió modificar el contrato de obra suscrito con CPC el 14-08-2013, “incorporando la provisión, instalación y puesta en servicio de un Sistema de Potabilización por Ósmosis Inversa para la ciudad de Caleta Olivia, en infracción de la Ley de Obra Pública”.

De acuerdo a la posición Bruglia y Bertuzzi, la contratación de CPC SA sin haber pasado previamente por una licitación pública u otro proceso de selección, no sería el único beneficio al que estuvo orientada la actuación de los funcionarios del E.N.O.H.SA.

En concreto, según el informe de la SIGEN y el peritaje realizado, los precios de la ampliación superaron en 11.843.330,37 pesos el cálculo de los valores de mercado.

Según el informe de la SIGEN, se pagó a CPC 13.141.942 pesos por “obras incompletas que el ENHOSA certificó como culminadas”, detallando una cantidad de trabajos que figuraban en la certificación. La imputación contra el empresario K y su socio sostiene que en el análisis de los trabajos realizados se detectaron faltante de piezas: “falta de instalación del caudalímetro, falta de conexión al Acueducto de la Aspiración, falta de instalación del conducto de ventilación”, enumera el informe entre otros aspectos.

Otro acto infiel fue que se aprobó una modificación en el proyecto y se advirtió en dicha obra una infracción a la ley de obras públicas, al momento en que se realizaron las modificaciones al proyecto original alcanzaron un 87,25%, superando así el límite legal previsto por ley”, señala la imputación.

Dentro de las acusaciones contra López y De Sousa, según el expediente, se sostiene que ENOHSA emitió “pagos a CPC por la suma de 21.797.311 pesos en concepto de materiales y equipamiento acopiado en obra sin sus respectivos certificados de acopio, otros 5.388.503 pesos en modificaciones al proyecto que no fueron debidamente convalidadas y 1.422.447 pesos en materiales con certificados de acopio que no fueron instalados en la obra”.

EL FALLO

En el punto una de la Resolución, los jueces confirman parcialmente el procesamiento de Lucio Mario Tamburo, modificando la calificación por la de negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, en carácter de autor (arts. 45 y 265 del Código Penal), y disponer la falta de mérito para procesarlo o sobreseerlo en orden a los demás extremos de la imputación.

En el punto, el Tribunal confirmó parcialmente los procesamientos de Sergio Daniel Benet, Ricardo Antonio Alberto Williams, Gabriela Alejandra Tamame, Gustavo Horacio Dalla Tea y Luis María Cenoz, modificando la calificación por la de negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, en carácter de partícipes necesarios (arts. 45 y 265 del Código Penal), y disponer la falta de mérito para procesarlos o sobreseerlos en orden a los demás extremos de la imputación.

En el punto, los jueces confirmaron parcialmente los procesamientos de Carlos Fabián de Sousa y Cristóbal Manuel López, modificando la calificación por la de negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, en carácter de partícipes necesarios (arts. 45 y 265 del Código Penal), y disponer la falta de mérito para procesarlos o sobreseerlos en orden a los demás extremos de la imputación.

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