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Titulares

Un futbolista agredió a una mujer policía en un partido y ahora deberá pagarle una millonaria indemnización

La condena también recayó sobre el club al que pertenecía el agresor al momento del ataque. El equipo rival fue sancionado y la liga marplatense quedó eximida.

Un futbolista agredió a una mujer policía durante un partido de la Liga Marplatense de Fútbol y ahora deberá pagarle una millonaria indemnización por las lesiones sufridas.

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata confirmó la condena al jugador de fútbol y a ambos clubs involucrados, mientras que la organización local quedó eximida de responsabilidad en el caso.

La brutal agresión se remonta al 20 de julio de 2008, durante un partido del torneo local organizado por la Liga Marplatense de Fútbol. Allí, la agente policial cumplía tareas de seguridad.

Todo se desbocó cuando un jugador del equipo visitante fue expulsado por el árbitro, y al salir de la cancha le pegó a la mujer policía en la nariz.

El impacto le causó varias lesiones en la nariz a la mujer, que se acreditaron a través de peritajes médicos y psicológicos durante el avance de la investigación.

Los informes médicos establecieron una incapacidad total del 17%, compuesta por daño físico y psicológico persistente.

El peritaje psicológico señaló la presencia de un trauma con efectos obsesivos en la víctima, un cuadro de neurosis y pesadillas recurrentes asociadas al episodio.

El profesional observó un impacto significativo en la imagen corporal y en la calidad de vida de la damnificada, datos que se utilizaron para sustentar la indemnización.

Con todos estos datos, el juez de primera instancia dio por probado que la agresión del jugador fue deliberada, con la intención de dañar, y que configuró una conducta antijurídica imputable al futbolista.

El fallo estableció la responsabilidad solidaria de los clubes involucrados y de la liga organizadora, y fijó una indemnización de $ 20.999.000 más intereses, por incapacidad física sobreviniente, daño psicológico, estético y moral.

También se declaró responsable al club local como entidad participante del espectáculo deportivo, aplicando el régimen de responsabilidad objetiva previsto en la Ley 24.192 de Espectáculos Deportivos, por entender que los hechos constituyen una contingencia previsible en el ámbito de un partido de fútbol.

El equipo visitante fue condenado como responsable por los actos de sus jugadores, al verificarse la relación funcional entre el agresor y el club. El árbitro del partido y la aseguradora citada no resultaron alcanzados por la condena principal.

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