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Titulares

La Corte de Chubut falló a favor de Rawson en el juicio del ex guardavida Mario Pereyra: No hay relación de dependencia y los contratos son temporales por el verano

El Superior Tribunal de Justicia del Chubut falló a favor de la Municipalidad de Rawson en la causa “Pereyra, Mario Oscar c/ Municipalidad de Rawson”, rechazando la demanda y dejando establecido un criterio clave sobre la contratación de guardavidas.

El fallo establece que los guardavidas son contratados por temporada, bajo un régimen específico, y que no mantienen una relación de dependencia permanente con el Municipio.

En ese sentido, el Tribunal señaló que la actividad está regulada por una normativa especial que prevé contratos por cada temporada estival. Asimismo, indicó que no existe estabilidad laboral ni expectativa de continuidad automática, y que cada vínculo es independiente, renovándose únicamente si se cumplen los requisitos establecidos.

El fallo también establece que los guardavidas son designados en cada temporada y retribuidos mediante contrato. Asimismo, señala que no se trata de una actividad de carácter permanente, sino de una tarea extraordinaria delimitada a cada temporada estival.

En ese sentido, determina que el Municipio no se encuentra obligado a mantener el vínculo jurídico, en virtud de que se trata de relaciones de carácter temporario y de un régimen que no prevé estabilidad permanente.

Además, la resolución judicial fija un criterio respecto de las relaciones contractuales específicas vinculadas a servicios de carácter estacional. En ese marco, determina los alcances de este tipo de contrataciones dentro de la normativa vigente.

Desde el Municipio se remarcó que este tipo de planteos generan instancias judiciales vinculadas a la interpretación de los vínculos contractuales y que, de prosperar, podrían derivar en obligaciones para la administración pública con impacto en las cuentas municipales y en la prestación de servicios esenciales.

La sentencia del máximo tribunal provincial ratifica que la Municipalidad de Rawson actuó conforme a derecho, sin desvíos ni irregularidades, y establece un precedente que brinda previsibilidad para la gestión de servicios estacionales.

Desde el Ejecutivo municipal se señaló que “defender los intereses de la ciudad también es poner límites a este tipo de situaciones, que de prosperar terminarían impactando en las cuentas públicas y en la posibilidad de sostener servicios esenciales”.

Para finalizar, el fallo estipula que las costas y honorarios de ambas partes serán abonados por el demandante.

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