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Titulares

Cómo se aplicará y desde cuándo el impuesto cero para la construcción en Chubut

El gobernador anticipó que girará a la Legislatura un proyecto de ley para quitarle presión tributaria al segmento de la construcción. Qué alcance tiene dentro del segmento y qué implicancia tiene para el gobierno provincial en material económica.

En plena recesión y con la obra pública paralizada desde la asunción de Javier Milei como presidente, las provincias deben aplicar todo el ingenio para revertir este ajuste que impacta de lleno en las economías regionales.

La iniciativa que enviará el gobernador Ignacio Torres a la Casa de las Leyes promete reactivar e incentivar el segmento de la construcción, una actividad que está stand by desde hace más de dos años y que provocó el cierre no solo de empresas constructoras, sino también todo el ámbito comercial que rodea a la obra pública.

Si logra despertar el interés de un segmento con la confianza por el piso como consecuencia de estos dos años de recorte total de la obra pública, la generación de empleo podría ir paulatinamente revirtiendo la fuerte caída en Chubut, principalmente, liderado por el sector hidrocarburífero que dejó “un tendal” de trabajadores desempleados por la salida de YPF y por la madurez de los yacimientos ubicados en la Cuenca del Golfo San Jorge.

Sin embargo, esta medida dejará un impacto en las arcas provinciales, que dejará de recaudar Ingresos Brutos y Sellos, en un contexto de fondos “finitos” que apenas permite pagar salarios en la Provincia.

“Vamos a garantizar que Chubut sea la primera provincia del país en la cual quien construya un complejo habitacional, un local comercial o realice un loteo, pueda acceder a estas exenciones a cambio de generar más y mejor trabajo. Ese es nuestro compromiso”, expresó el titular del Ejecutivo.

“En un momento en el que prácticamente no hay obra pública en la Argentina, Chubut va a seguir sosteniendo la obra pública y acompañando al sector privado para proteger el empleo y dinamizar la economía provincial”, concluyó.

ENTRARÁ EN VIGENCIA EN 15 DÍAS SEMANAS

El proyecto de ley elevado por el Ejecutivo provincial a la Legislatura dispone el otorgamiento de beneficios fiscales, por el período comprendido entre el 1 de junio de 2026 y el 30 de junio de 2027 inclusive, sobre el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y el Impuesto de Sellos para la actividad de construcción destinada principalmente a viviendas familiares o edificios residenciales a construirse o ampliarse en la provincia del Chubut, a partir de la entrada en vigencia de la presente.

Asimismo, la iniciativa establece una exención del 100% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos “para los contribuyentes de Convenio Multilateral y del Acuerdo Interjurisdiccional, inscriptos en la jurisdicción de la provincia del Chubut, o contribuyentes directos de la misma” para las actividades incluidas en el Nomenclador de Actividades Económicas (NAES), tales como “Construcción, reforma y reparación de edificios residenciales (410011)”; “Instalaciones de gas, agua, sanitarios y de climatización, con sus artefactos conexos (432200)”; “Instalaciones de carpintería, herrería de obra y artística (433010)”; “Terminación y revestimiento de paredes y pisos (433020)”, entre otras.

Por otra parte, el paper indica que “los ingresos exentos serán exclusivamente los declarados entre el 1 de junio de 2026 y el 30 de junio de 2027 inclusive, originados en la actividad de construcción y/o ampliación de viviendas familiares o edificios residenciales desarrollada en la jurisdicción de la provincia del Chubut”.

En la misma dirección, establece que “la falta de cumplimiento de los requisitos, así como la falta de veracidad o inexactitud en el contenido de las declaraciones juradas o en los instrumentos alcanzados por los beneficios fiscales, importará la pérdida automática de dichos beneficios, habilitando a la Agencia de Recaudación de la Provincia del Chubut a reclamar su cobro por vía administrativa o judicial, además de aplicar las multas e intereses correspondientes”.

También se indica que la falta de finalización de la obra dentro del plazo previsto hará perder automáticamente el beneficio.

IMPUESTO DE SELLOS

La iniciativa legislativa también establece una exención de hasta el 100% en el Impuesto de Sellos para los instrumentos que “se formalicen para la construcción o ampliación de viviendas familiares o edificios residenciales en la provincia del Chubut y que sean celebrados entre el 1 de junio de 2026 y el 30 de junio de 2027 inclusive.

Entre ellos se encuentran “contratos de locación de obra, sus obligaciones accesorias y garantías, sus adendas y redeterminaciones de precios”; “instrumentos mediante los cuales se formalicen aportes de capital, adelantos de pago o acuerdos de cancelación de cuotas”; e “instrumentos mediante los cuales se formalicen préstamos o garantías otorgadas destinados exclusivamente a la financiación de la obra”.

Dicha exención no aplicará sobre cesiones de boletos de compraventa, escrituras de afectación a propiedad horizontal o división de condominio, ni escrituras traslativas de dominio.

La autoridad de aplicación será la Agencia de Recaudación de la Provincia del Chubut (ARECh).

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