El Ministerio Público Fiscal (MPF) solicitó el rechazo total de la impugnación presentada por la defensa y exigió la confirmación del fallo, respaldándose en la legitimidad del veredicto soberano emitido por un jurado popular.
La hermana de Colemil participó de la audiencia, hizo un relato del sufrimiento por la pérdida de Marcelo y pidió la confirmación de la condena.
La Cámara se tomó el plazo de ley para resolver, diez días hábiles.
El hecho bajo análisis ocurrió en la madrugada del 18 de agosto de 2024 en el Barrio Baden 1 de esta ciudad. Según la acusación probada en el juicio, Ledesma efectuó disparos con un arma de fuego desde el interior de su propiedad hacia la calle. Uno de los proyectiles impactó en la región supraclavicular izquierda de Marcelo Colemil, provocándole la muerte por un shock hipovolémico. El 25 de noviembre de 2025, un jurado popular declaró a Ledesma culpable de forma unánime por el delito de homicidio agravado por el uso de armas, descartando la teoría de una legítima defensa.
Durante la audiencia, el fiscal Fidel González y el procurador de fiscalía, Carlos Cavallo, hicieron una síntesis de sus planteos y se remitieron al escrito presentado, en el que centraron sus argumentos en tres ejes fundamentales para sostener la sentencia.
- La soberanía del jurado popular
El MPF remarcó que la revisión de un veredicto dictado por un jurado de ciudadanos es estrictamente restringida. Se argumentó que el tribunal revisor no puede sustituir el criterio del jurado, ya que el juez popular representa un “baluarte de la libertad” y la soberanía política. Para que un recurso de la defensa prospere por este motivo, la insuficiencia de las pruebas tendría que ser tan evidente que “nadie en su sano juicio” habría podido dictar un veredicto de culpabilidad, algo que no ocurre en este legajo.
- Respaldo a la evidencia pericial
Ante los cuestionamientos de la defensa sobre la pericia dinámica, la Fiscalía aclaró la defensa tuvo amplias oportunidades de control técnico durante las etapas preliminares —donde no propuso peritos de parte— y que pudo ejercer un exhaustivo contrainterrogatorio frente al jurado. Las conclusiones que hablaron de un ataque “sorpresa” (por la falta de lesiones defensivas en la víctima) se alinean perfectamente con el resto del material biológico, de autopsia y prendas secuestradas.
- Justificación de los 18 años de cárcel
El monto de la pena impuesto por el juez técnico fue defendido como una medida proporcional y ajustada a derecho, basándose en un análisis detallado de las circunstancias del caso:
- El ataque se ejecutó con nocturnidad y desde una posición de resguardo (a 6 metros de distancia y desde adentro de la casa), aumentando la indefensión de Colemil;
- Ledesma ocultó el arma homicida (la cual nunca fue hallada a pesar de los rastrillajes y dragados) y se mantuvo prófugo durante 18 horas;
- Se acreditó un fuerte daño en el núcleo familiar, reflejado en el testimonio de la hermana de la víctima sobre el impacto psicológico en sus sobrinos menores;
- El imputado registraba una suspensión de juicio a prueba y una condena condicional por robo simple, demostrando desprecio por las advertencias del sistema penal.
EL PEDIDO FINAL
Al concluir la audiencia, el Ministerio Público Fiscal ratificó que el proceso fue justo, transparente y respetuoso de todas las garantías constitucionales. Por este motivo, peticionó formalmente a la Cámara Penal ratificar la condena en todos sus términos.
