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Titulares

Revés para Conarpesa: La justicia desestimó la denuncia por el presunto “ingreso violento” de dirigentes y trabajadores a la planta pesquera de Madryn

La negativa pone como punto principal el "derecho a la huelga". El presidente de la empresa pesquera, Fernando Álvarez Castellano, anticipó que apelará la resolución. El abogado del STIA, Carlos del Mármol, calificó como "categórica" la decisión del Ministerio Público Fiscal.

La “guerra fría” entre Álvarez Castellano y el sindicalista Luis Nuñez del STIA, tuvo un primer capítulo resuelto: La denuncia de Conarpesa fue desestimada por un episodio que ocurrido el mes pasado cuando en el medio de una manifestación del gremio, el empresario denunció que dirigentes y trabajadores ingresaron en forma violenta al interior de la planta.

Álvarez Castellano cuestionó la decisión que se basó en el derecho a la huelga y aclaró que, desde su perspectiva, una cosa es la manifestación de un reclamo sindical y otra muy distinta es irrumpir por la fuerza y amenazar a empleados que se encontraban cumpliendo funciones, entre ellos una mujer con un embarazo avanzado.

El titular de Conarpesa anticipó que apelarán la resolución al considerar que existe un error conceptual por parte de la Fiscalía.

AHORA PODRÍAN PEDIR LA REINCORPORACIÓN DE LOS 39 DESPIDOS

El abogado del Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Alimentación (STIA) en Chubut, Carlos Del Mármol, sostuvo que la decisión del Ministerio Público Fiscal confirmó que no existieron delitos durante las protestas y afirmó que la empresa intentó “sacar a la gente por medio de una denuncia que no prosperó”.

El letrado explicó que la Fiscalía resolvió dos causas iniciadas el 24 de junio y el 15 de julio, vinculadas a las medidas de fuerza impulsadas por los trabajadores. Según indicó, el organismo concluyó que los hechos denunciados correspondieron a una huelga y a un reclamo salarial, sin que existieran conductas que configuraran delitos.

“Se determinó claramente por parte de la Justicia que no había ningún tipo de delitos; es decir, que lo único que había era una huelga de trabajadores y un reclamo salarial. Hubo un debate de objetividad muy fuerte por parte del Ministerio Público Fiscal al decirle, básicamente, a Conarpesa que no utilice el derecho penal para tratar de sancionar o menoscabar los derechos de los trabajadores”, manifestó Del Mármol.

El abogado agregó que incluso los propios directivos y personal jerárquico de la empresa, al prestar declaración ante la Fiscalía, reconocieron que no existieron lesiones, amenazas ni hechos de violencia durante las protestas. También señaló que la acusación por una supuesta privación ilegítima de la libertad carecía de sustento, ya que los trabajadores que permanecían en las oficinas contaban con otra vía de ingreso y egreso.

Además, cuestionó que las denuncias estuvieran dirigidas únicamente contra los representantes del STIA, sin identificar a trabajadores en particular. “Es raro, siendo trabajadores de la empresa Conarpesa, que no los reconozcan. El protocolo se aplicó y los policías constantemente dijeron que no hubo ningún tipo de delito”, expresó.

Para Del Mármol, las presentaciones penales buscaron generar un efecto intimidatorio sobre el sindicato y los empleados. “La realidad es que todo está enmarcado en una cuestión penal para amedrentar al sindicato y a los trabajadores por reivindicar el derecho de reclamo. El derecho de huelga es un derecho constitucional y, aunque el señor Álvarez pueda considerar afectada su posición, no puede utilizar la vía penal para resolver ese conflicto”, sostuvo.

En ese sentido, remarcó que las resoluciones del Ministerio Público Fiscal ya quedaron firmes y que no pueden ser apeladas. «Las resoluciones están firmes, sin posibilidad de apelación. Ni siquiera se realizó una audiencia y la empresa fue debidamente notificada», afirmó.

Consultado sobre una eventual acción judicial del STIA contra Conarpesa, Del Mármol señaló que la prioridad del sindicato continúa siendo la situación de los trabajadores despedidos. No obstante, adelantó que posteriormente podrían analizar una querella por calumnias e injurias contra la empresa, al considerar que hubo agravios personales hacia los dirigentes gremiales.

Finalmente, el abogado entendió que el cierre de las causas penales fortalece la posición de los trabajadores en el plano laboral. “La parte laboral tiene un buen camino para poder lograr la reincorporación o bien la indemnización por un despido sin justa causa. Lo que se trató de hacer fue sacar a la gente por medio de una denuncia que no prosperó. Si establecés como causa del despido un delito que después no podés probar, se convierte en un despido injustificado”, concluyó.

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