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Titulares

Homicidio de Levill: mantienen por seis meses la prisión preventiva del acusado

La fiscalía solicitó se mantenga la medida de coerción hasta la audiencia preliminar o por seis meses, lo que ocurra primero; en tanto que la defensa no planteó objeción al pedido. Finalmente, el juez penal hizo lugar a lo solicitado por la fiscalía y mantuvo la prisión preventiva de Llanos por seis meses o hasta la culminación de la audiencia preliminar, lo que ocurra primero.

La fiscal Andrea Rubio, acompañada por el funcionario de fiscalía Maximiliano Morsucci, se refirió inicialmente a la presentación de la acusación pública del caso, señalando que en ella se robustece la teoría fiscal y se refuerzan los elementos vinculados a la materialidad y autoría del hecho investigado, atribuidas a Llanos.

Seguidamente, la fiscal se refirió al hecho acontecido el pasado 13 de febrero, siendo aproximadamente las 18:10 horas, cuando Juan Marcos Elías Levill se encontraba compartiendo bebidas alcohólicas con dos testigos en el playón interior del sector 3 del barrio 30 de octubre de nuestra ciudad.

En esas circunstancias, Carlos Enrique Llanos concurrió al lugar junto a otra persona y, sin mediar palabra y aprovechando que Levill se encontraba de espaldas y en estado de ebriedad, Llanos, con claras intenciones de darle muerte y a sabiendas del estado de indefensión de la víctima, portando un arma blanca le asestó dos puñaladas: una en la zona intercostal izquierda y la restante debajo de la axila, a la altura del pectoral izquierdo. Inmediatamente después, se dio a la fuga del lugar.

Como consecuencia del ataque, se produjo el fallecimiento de Levill a raíz de un “shock hipovolémico por herida de arma blanca en el tórax”. La fiscalía calificó jurídicamente el hecho como “homicidio agravado por alevosía”, en calidad de “autor” para Llanos.

Respecto de los peligros procesales, la fiscal sostuvo que continúan vigentes aquellos que motivaron el dictado de la medida de coerción: peligro de fuga y de entorpecimiento de la investigación. En relación al primero, refirió a la expectativa de pena, que en caso de recaer condena será de cumplimiento efectivo. Respecto del peligro de entorpecimiento, señaló que la libertad del imputado podría influir sobre los testigos del caso. En base a ello, solicitó se mantenga la prisión preventiva de Llanos hasta la audiencia preliminar o por seis meses, lo que ocurra primero.

Por su parte, la defensora pública Luciana Risso consintió el pedido de la fiscalía, señalando que las objeciones planteadas por la defensa durante la audiencia de control, particularmente respecto de la calificación legal del hecho, serán expuestas y discutidas en la audiencia preliminar.

Finalmente, el juez penal Mariano Nicosia resolvió hacer lugar a lo solicitado por la fiscalía y mantener la prisión preventiva que cumple el imputado Llanos hasta la culminación de la audiencia preliminar o por seis meses, lo que ocurra primero. La decisión se fundamentó en la gravedad del hecho investigado y en la existencia de los peligros procesales de fuga y entorpecimiento de la investigación.

En la audiencia estuvieron presentes las partes, como así también familiares de la víctima, quienes fueron acompañados por una profesional del Servicio de Asistencia a la Víctima del Delito (SAVD).

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