En esa audiencia, la abogada de Fiscalía Camila Nardelli solicitó que Huilipan continúe en prisión preventiva hasta que la sentencia adquiera firmeza. Fundó el pedido en la gravedad del hecho y en la pena impuesta, conforme al artículo 221, inciso 2, del Código Procesal Penal. También invocó el inciso 6 de ese artículo, que contempla la existencia de una sentencia condenatoria de cumplimiento efectivo, aunque se encuentre recurrida.
El hecho ocurrió el 8 de septiembre de 2025, en la vivienda de Pizarro, en el barrio El Túnel de Gaiman. De acuerdo con lo probado durante el juicio, Huilipan lo agredió con un caño de gas y le provocó lesiones de extrema gravedad. Pizarro falleció el 15 de diciembre de ese año, luego de permanecer alrededor de 90 días con las consecuencias del ataque.
Durante la audiencia de cesura, el fiscal general Mauro Quinteros solicitó una pena de 17 años de prisión. Por su parte, el defensor público Sergio Rey pidió 8 años. Para fundamentar su pedido, la Fiscalía valoró la violencia y la modalidad de la agresión, el uso de un caño contra la cabeza de la víctima y que el ataque ocurrió en su propia vivienda, el lugar donde debía poder sentirse seguro. También tuvo en cuenta las amenazas previas, la vulnerabilidad de Pizarro —quien tenía una discapacidad—, que Huilipan se retiró sin asistirlo, el impacto del hecho en su familia y una condena anterior de cumplimiento efectivo.
Por el Ministerio Público Fiscal intervinieron el fiscal general Mauro Quinteros, la abogada de Fiscalía Camila Nardelli y Ángelo Burgos. La defensa pública estuvo a cargo de Romina Rowlands y Sergio Rey.
