Luego de los incendios que consumieron ciento de miles de hectáreas en Lago Puelo, El Hoyo, El Maitén, Cholila y paradores aledaños, el Gobierno del Chubut tomó la determinación de avanzar rápidamente en una problemática que data de hace varios años.
Metadata accedió al proyecto que envió el Ejecutivo a la Cámara de Diputados, que cuenta con las explicaciones técnicas, pero, además, añade el mapa de cómo quedará la distribución de las tierras que pasarán a la órbita de Lago Puelo y cuáles mantendrá el área de Bosques de la Provincia.
“El Poder Ejecutivo somete a consideración de la Legislatura el presente proyecto de Ley mediante el cual se avanza en la planificación territorial para favorecer los procesos de urbanización, como así también abordar la problemática de ocupación ilegal y no planificada de tierras forestales bajo la administración de la Secretaría de Bosques en el ejido municipal de Lago Puelo”, sostiene la propuesta en los fundamentos.
En los últimos años, el gobierno provincial y la Municipalidad de Lago Puelo avanzaron para encaminar el tema de tierras con estrategias para llevar soluciones a los habitantes de la zona y garantizar el desarrollo de la industria forestal.
“Todo ello de acuerdo a las pautas que impone el cuidado y respeto del medio ambiente del sector, garantizando el funcionamiento de un área núcleo de carácter productivo para sostener a producción primaria y la industria forestal de la región, promoviendo así el sostenimiento de un área destinada a la conservación y restauración de bosque nativo que sea considerado de manera integral en el futuro desarrollo de urbanización de la zona”, remarca el proyecto.
En este marco, la administración de Arcioni considera “necesario” transferir una fracción de aproximadamente 580 hectáreas a favor del municipio de Lago Puelo, a la par que se considera adecuado que una superficie aproximada de 360 hectáreas continúen bajo la administración de la Secretaría de Bosques de la Provincia del Chubut para ser destinadas al fomento de la industria forestal de la zona”.
La totalidad de los inmuebles alcanzados por la presente norma están incluidos en el diseño que el Poder Ejecutivo Provincial estableció en su Plan de Manejo denominado “Forestaciones de la Provincia del Chubut en la Región Noroeste”, mediante el Decreto Nro. 2358/05.

LAS TIERRAS CEDIDAS NO CUMPLEN PARÁMETROS DE “BOSQUES NATIVOS”
El proyecto describe que, en la actualidad, el paradigma cambió, llegando al punto en que la reforma de la Constitucional Nacional del año 1994, en su Artículo 41, incorpora explícitamente la temática ambiental.
“De acuerdo a los criterios técnicos de sustentabilidad que la ley nacional define para considerar una formación boscosa como ‘bosque nativo’, se observa que los inmuebles objeto de la presente norma no cumplen los requerimientos”, grafica el proyecto, justificando así la transferencia de tierras al municipio que conduce Augusto Sánchez.
Pero, además, los inmuebles en los que se encuentran las parcelas forestales identificadas como ex concesión MANOSA “ya no se observa bosque nativo, sino especies implantadas de pino radiata, pino murrayana, pino ponderosa y pino oregón”.
Y si bien existen algunos pocos ejemplares de especies nativas en puntos determinados, “es necesario referenciar que no alcanzan el porcentaje requerido por los criterios que establece la Ley Nacional N° 26.331, su decreto reglamentario y la normativa dispuesta por el Consejo Federal de Medio Ambiente -Resolución Nro 230/236”.
A través del Decreto N° 1697/91 se establecen nuevos términos a la concesión otorgada en el año 1972.
Más adelante en el tiempo, el Decreto Nro. 1600/95 determina la revocación del Decreto N° 1697/91 y se declara la caducidad de la concesión otorgada a la firma MANOSA mediante el Decreto N° 39/72.
“ES UN ERROR CONSIDERAR ESTAS HECTÁREAS COMO BOSQUES NATIVOS”
Por otro lado, atento a la escala que exigía el ordenamiento nacional, los mapas del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos de la Provincia del Chubut incluyeron áreas que no cumplían los parámetros de la Ley Nacional 26331 para ser considerado bosque nativo.
Por estos motivos, los informes técnicos de la Secretaría de Bosques “dan cuenta que los mapas del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos se realizaron a una escala definida como nivel paisaje, la que a nivel predial ocasiona algunas incongruencias”.

Debido a esto, el proyecto al que accedió Metadata sostiene que, en ocasión de realizar el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos, “se incluyeron por error zonas, como la que se impulsa transferir, ya que esas tierras no tenían cobertura de vegetación nativa, y potencialmente se las incluyó con el espíritu de que, en general, algunas de esas tierras transformadas podrían volver a recuperarse en Bosques Nativos”.
En este marco, la iniciativa sostiene que “resulta oportuno excluir estos inmuebles del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos no sólo por los criterios técnicos forestales mencionados, sino también que, de ser considerada esta zona con bosque nativo, se aplicaría lo establecido en el Artículo 105 de nuestra Constitución Provincial”.
“Considerar a esos inmuebles pasibles de estar incorporados en el Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos de la Provincia del Chubut es desconocer el lugar, su historia, los usos intensivos que se verifican en la zona y los criterios de sustentabilidad establecidos por la Ley Nacional N° 26.331 y su decreto reglamentario”, concluye.
