La vigencia del DNU comienza a partir de esta medianoche y hasta el 30 de mayo, pero también será aplicable los días 5 y 6 de junio.
En estos departamentos la restricción para circular será entre las 19 y las 06 del día siguiente. Quedan exceptuados las personas afectadas a actividades esenciales.
Durante las 19 y las 6 de la mañana del día siguiente, las personas deberán permanecer en sus residencias y solo podrán desplazarse aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos, alimentos y otros artículos de necesidad en los comercios esenciales.
Quedan suspendidas en estas localidades las actividades económicas, industriales, de servicios, culturales, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales.
