El Ministerio de Desarrollo Productivo elevó a u$S 2.000 el máximo de compras de mercaderías al por menor de origen extranjero en la Zona Franca de Río Gallegos para personas que no residan de manera definitiva en la provincia de Santa Cruz y mantuvo en US$ 600 mensuales el tope para los residentes.
La modificación del monto máximo de compra para no residentes se estableció “sin que ello conlleve una disminución en la recaudación tributaria del Estado” y los adquirentes deberán hacerse cargo del “100% de los derechos, tributos y tasas que le correspondiere en su ingreso al Territorio Aduanero General, sobre el excedente de la franquicia”, precisó la norma.
El certificado especial para la compra de automotores en la zona franca será expedido por la Subsecretaría de Asuntos Registrales de Santa Cruz.
La franquicia de u$s 600 mensuales se reduce a la mitad en el caso de los menores de 16 años, estableció la norma en consonancia con la resolución 31/2014 de ex Ministerio de Economía.
En el caso de los automotores, se mantienen los valores para su venta en la zona franca de hasta u$s 25.000.
De tratarse de vehículos del segmento pick up, dicho precio podrá ser de hasta u$s 40.000 y en el caso de motociclos en todos sus tipos y modelos, un valor máximo de u$s 5.000.
La adquisición de automotores podrá hacerse por quienes acrediten una residencia mínima de dos años en la provincia y hasta un vehículo cada cinco años a partir de la fecha de su patentamiento.
