El Gobierno publicó este martes en el Boletín Oficial la nueva reglamentación de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), con los recientes cambios establecidos en el Impuesto a las Ganancias.
Gracias a esta modificación, que rige para los salarios devengados a partir del 1° de junio de 2022 y ya se encuentra vigente, los trabajadores con salarios mensuales de hasta $ 280.792 brutos no pagarán el tributo.
La Resolución General 5206/2022 fue firmada por la directora de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Mercedes Marco del Pont, tres días después de la sanción del Decreto 298/2022.
La normativa de la AFIP “exime del cálculo del Impuesto a las Ganancias al medio aguinaldo que se comenzará a abonar en las próximas semanas”, según se informó oficialmente. También impone una “deducción especial” para quienes perciben una remuneración mensual de entre $ 280.792 y $ 324.182.
El nivel de remuneraciones a partir del cual se tributa Ganancias aumentó dos veces en 2021. Primero pasó a $ 150.000 brutos en junio y luego se realizó un adelanto a cuenta del incremento anual, que llevó el valor, en septiembre, a $ 175.000.
Tras esos incrementos, desde enero de 2022, conforme la actualización anual dispuesta en la Ley de Impuesto a las Ganancias, el monto se elevó a $ 225.937. La Ley 27.667 delega al Poder Ejecutivo la facultad de incrementar, durante el año fiscal 2022, el monto que ahora fue elevado a $ 280.792.
