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Titulares

Nación promulgó la ley que obliga al Gobierno a tener autorización del Congreso para emitir deuda en moneda extranjera

Por medio del decreto 131, publicado hoy en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Economía, Martín Guzmán, la nueva normativa -sancionada por el Congreso el 11 de febrero último-, indica también que los acuerdos futuros con el Fondo Monetario Internacional (FMI) deberán también ser aprobados por el Parlamento.

El Gobierno nacional promulgó hoy la ley 27.612, de Fortalecimiento de la Sostenibilidad de la Deuda Pública, que establece, entre otros puntos, que el endeudamiento en moneda extranjera bajo ley extranjera, y con prórroga de jurisdicción, requerirá autorización del Congreso de la Nación.

“Esta ley cuida a nuestra Argentina. Desde hoy, todo acuerdo con el FMI o endeudamiento externo con títulos públicos deberá ser aprobado por el Congreso y debatido de frente a la sociedad. Evitar las crisis de deuda que condicionan el futuro de nuestra gente es política de Estado”, había sostenido el ministro Guzmán tras la aprobación de la norma.

Entre los principales lineamiento de la ley, desde el oficialismo remarcaron que esta iniciativa “permitirá fortalecer el rol institucional del Congreso en la definición y autorización de las políticas de endeudamiento público nacional en moneda extranjera y bajo jurisdicción externa, y en la aprobación de toda operación de crédito público y/o programa de financiamiento que formalice el Poder Ejecutivo Nacional con el Fondo Monetario Internacional.

Además, fortalecerá mecanismos institucionales que garanticen que el mantenimiento de la sostenibilidad de la deuda pública, así como la ejecución de planes de estabilización macroeconómica por plazos que exceden un período de gobierno, sean políticas de Estado.

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