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Es oficial: Desde este viernes rige la reglamentación de los reintegros por compras en carnicerías

Los locales deberán estar inscritos en el Registro de Carnicerías para poder efectuar el reintegro del 10% de las compras con tarjetas de débito, prepagas o asociadas a cuentas abiertas de entidades financieras.

El Gobierno reglamentó este viernes el procedimiento para los reintegros para compras en carnicerías por parte de consumidores finales. Los locales deberán estar inscritos en el Registro de Carnicerías para poder efectuar el reintegro del 10% de las compras con tarjetas de débito, prepagas o asociadas a cuentas abiertas de entidades financieras.

El Gobierno anunció la semana pasada una serie de medidas en respuesta a subas en torno al 30% en el precio de la carne que se venían registrando y que impactaban en el mostrador. Las medidas buscan incentivar la oferta de carne mediante el aumento de la producción, y asistir a la demanda, mediante los reintegros del 10% para compras con tarjeta de débito, del 35% comprando con Banco Nación, y el congelamiento de los siete principales cortes demandados por el mercado interno. Estos últimos estarán disponibles solo en supermercados y en carnicerías de frigoríficos, no así en los mercados de cercanía.

A través de la Resolución General 5330/2023, el Gobierno estableció la devolución del 10% de la compra en carnicerías. el monto de devolución no podrá superar los $2.000 por mes.

La medida estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023 y subraya que las entidades financieras y los Prestadores de Servicios de Pago (PSP) serán los responsables de acreditar en la cuenta usada para el pago el monto del reintegro dentro de las 96 horas de efectuada la compra.

Las entidades financieras y PSP deberán incluir en el resumen de cuenta que emitan los importes reintegrados por mes con la leyenda “Reintegro Carnicerías Minoristas”.

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