En su resolución, la magistrada reivindicó el funcionamiento y la atención que se brinda a los detenidos en el Instituto Penitenciario Provincial (IPP).
La jueza Breckle afirmó que el IPP “no es una cárcel insana y es el organismo más adecuado que tiene la provincia para alojar a personas detenidas”. Consideró que la infección en la pierna merece una “excepción en su decisión. Por ello, la medida es temporal y cuando se recupere, deberá retornar al IPP para cumplir su condena”.
Consideró que el plazo del arresto domiciliario será por sesenta días, con revisiones permanentes y los correspondientes informes por parte del Cuerpo Médico Forense.
Breckle le recordó a Huichaqueo las condiciones que debe cumplir durante ese plazo de tiempo en que dure el arresto domiciliario. Ordenó a la Policía de la localidad de Gaiman que realice tres rondines diarios de manera sorpresiva y que cada salida al Hospital de esa localidad, debe ser comunicado a los efectivos. La magistrada descartó el uso de una tobillera electrónica por el estado de las piernas de la ex funcionaria provincial.
LA OPINIÓN DEL FISCAL
El fiscal general Omar Rodríguez argumentó que en el lugar donde se halla detenida están garantizados todos los recursos para que Huichaqueo reciba una buena atención. “Debe tener conciencia que cumplir una condena tiene sus consecuencias, la misma situación la padecen el resto de las personas allí detenidos y la ley nos exige el cumplimiento del principio de igualdad”.
Pidió que es necesario que se expida el Cuerpo Médico Forense, ya que consideró “no es suficiente la opinión médica de un profesional del Hospital Zonal”. Adelantó que en caso de expedirse en favor de Huichaqueo y se le otorgue el arresto domiciliario, “en cuanto mejore su estado de salud, deberá volver a ese centro penitenciario”.
