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Titulares

Acuerdo entre víctima y victimario: Punto final para un caso de lesiones leves en Rawson

Un caso judicial de lesiones leves que un comerciante produjo a un automovilista en Rawson por diferencias por el estacionamiento de un vehículo, comenzó a resolverse mediante la aplicación de la figura de la “suspensión de juicio a prueba” en la que el imputado podría quedar sobreseído si entrega al Hospital de Rawson 40 litros de lavandina y durante un año cumple con las pautas de conducta, entre ellas la prohibición de acercarse a la víctima.

El acuerdo, al que se arribó entre la representante del Ministerio Público Fiscal Patricia Cárcamo y el defensor particular Luis Solivella, fue homologado por la jueza Karina Breckle con el conocimiento de la víctima y la conformidad del imputado.

El hecho de violencia se produjo el 5 de junio del año pasado, en la avenida Murga, frente a un shopping de la capital provincial. Carlos Reinoso había estacionado su vehículo Peugeot en un lugar dispuesto para los clientes con la decisión de hacerlo por un corto lapso de tiempo. Fue recriminado por Juan Carlos Bartolota que de manera sorpresiva lo golpeó desde atrás haciéndolo caer al piso con lesiones leves en rodillas y codos. Fue trasladado al Hospital Santa Teresita de Rawson, en donde tras ser revisado en la guardia del nosocomio, fue dado de alta.

La denuncia penal y el proceso contra el imputado comenzó a cerrarse este jueves con la audiencia preliminar en la que se aplicó esta figura ofrecida por el defensor Solivella que destacó que se cumplen con los requisitos de la reparación, teniendo en cuenta la levedad del delito y la falta de antecedentes del imputado. Justificó el destino de la donación de la lavandina al destacar el trabajo realizado por el Hospital de Rawson, lugar en el que fue atendido Reinoso.

La jueza Breckle valoró este mecanismo procesal que permite el acuerdo entre víctima y victimario, evita la realización del juicio y permite poner punto final al diferendo judicial.

La lavandina deberá ser entregada en el plazo de dos meses y durante un año el imputado deberá cumplir con pautas de conducta, no acercarse a la víctima en un radio de 200 metros y no cometer nuevos delitos. De cumplir con esas pautas en ese tiempo estipulado, podrá ser sobreseído por la Justicia.

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