En consecuencia, le impuso la pena de 2 años y 6 meses de prisión, cuyo cumplimiento se deja en suspenso, por ser autor penalmente responsable de los delitos de violación de domicilio en concurso ideal con lesiones leves agravadas por alevosía y desobediencia la autoridad, tres hechos, en concurso real y en calidad de autor material.
Por otra parte, Notao deberá someterse al cumplimiento de reglas de conducta durante el período de la condena. En ese plazo, el condenado está obligado al acatamiento de las siguientes normas : Fijar domicilio y la obligación de mantener informado cualquier cambio del lugar donde reside actualmente.
Deberá presentarse ante el Cuerpo de Delegados de Control cada dos meses. Someterse a una amplia evaluación psicológica a fin de que se establezca, de ser necesario conforme a esa evaluación, la realización de un tratamiento psicológico.
No podrá mantener ningún tipo de contacto ni acercamiento personal hacia la denunciante y su domicilio, ni comunicaciones telefónicas, electrónicas o similares, incluidas las redes sociales. Se prohíbe el abuso de bebidas alcohólicas.
Según consta en la acusación pública, el 19 de julio de 2024, Notao ingresó a una vivienda ubicad sobre avenida 9 de julio entre las calles Ameghino y 28 de julio.
Allí agredió físicamente al denunciante y le provocó lesiones leves. Por otra parte, los días 12, 13 y 24 de julio de 2025, Notao regresó al lugar del hecho, incumpliendo tres resoluciones, dictadas por dos jueces civiles. Esos mandatos judiciales imponían medidas de prohibición de contacto y acercamiento entre el acusado y el grupo familiar que reside en ese domicilio.
