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Titulares

Una causa por violencia de género sumó dos testigos tras la difusión del caso en redes

A partir de la difusión pública de los avances del caso en las redes sociales institucionales del Ministerio Público Fiscal, una mujer se contactó de forma espontánea para aportar su testimonio. Su entrevista permitió ubicar a una segunda testigo, revelando un presunto patrón de conducta recurrente en el acusado.

La fiscal María Bottini y la procuradora de fiscalía, Cecilia Bagnato solicitaron en audiencia la incorporación de ambos testimonios. La defensa se opuso y la jueza de la carpeta resolvió admitir la incorporación de ambas declaraciones para el futuro juicio oral y público, garantizando al mismo tiempo los derechos de la defensa.

LA RED DE TESTIMONIOS Y EL PATRÓN DETECTADO

El caso investiga un hecho encuadrado bajo la calificación legal de lesiones leves agravadas por el vínculo en contexto de violencia de género (bajo la modalidad de violencia vicaria) y hechos de crueldad animal.

Tras la publicación de la audiencia preliminar en el perfil de Instagram de la fiscalía, una mujer residente en Ushuaia envió un mensaje privado manifestando haber mantenido una relación de pareja previa con el imputado y haber sufrido hechos de violencia. Durante las entrevistas preliminares, describió que, al finalizar el vínculo, el acusado agredió violentamente a su mascota.

Asimismo, aportó el contacto de otra expareja del hombre, quien en una entrevista posterior relató una dinámica similar: agresiones físicas hacia sus animales domésticos en el marco de la ruptura y expulsión de la vivienda.

Ante estos hallazgos, la Fiscalía solicitó formalmente la inclusión de ambos relatos en la etapa del debate. La representación del Ministerio Público Fiscal argumentó que no se trata de juzgar la personalidad del acusado, sino de probar la existencia de un modus operandi o conducta regular específica (prueba de hábito): agredir a los animales de compañía como un mecanismo de agresión y sometimiento hacia sus parejas.

EL DEBATE EN LA AUDIENCIA Y LA RESOLUCIÓN JUDICIAL

Durante la audiencia, la defensa técnica del imputado se opuso al pedido, catalogándolo como extemporáneo al haberse dictado ya el auto de apertura a juicio. La defensora argumentó que no existe una norma procesal que faculte a sumar testigos fuera de término y que dos episodios aislados no configuran un “hábito”, tildando el planteo como prueba de carácter inadmisible que buscaba perjudicar la imagen moral del acusado sobre hechos que no fueron denunciados penalmente en su momento.

Por su parte, la fiscalía sostuvo la petición amparándose en el deber de diligencia reforzada que exige la Ley Nacional 26.485 de Protección Integral a las Mujeres y la normativa provincial de adhesión, remarcando que, al tratarse de un tribunal profesional y técnico, no existe riesgo de un “perjuicio indebido” en la valoración de la prueba. 

LA DECISIÓN DE LA MAGISTRADA

La jueza Fernanda Revori resolvió hacer lugar al pedido de la Fiscalía e incorporar las nuevas declaraciones testimoniales. Entre los fundamentos principales de su fallo, destacaron:

  • Prueba superviniente y amplitud probatoria: Reconoció que los testimonios surgieron de manera posterior a la audiencia preliminar gracias a la cobertura mediática e institucional. Encuadró la decisión en el principio de amplitud probatoria exigido por la legislación de violencia de género.
  • Pertinencia indirecta: Determinó que las declaraciones guardan relación indirecta con el hecho juzgado y sus circunstancias contextuales, conforme a las pautas del Código Procesal Penal.
  • Tribunal profesional: Remarcó que la prueba será analizada por jueces técnicos bajo las reglas de la sana crítica racional, garantizando la objetividad en la valoración.

Para asegurar el equilibrio entre las partes, la magistrada otorgó a la defensa un plazo de 10 días hábiles para examinar el material provisto por la fiscalía, entrevistarse con las testigos y ofrecer, si lo considera oportuno, hasta dos testigos de refutación.

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