El Gobierno prepara medidas para acelerar el proceso de deportación de inmigrantes ilegales en la Justicia. Se trata de uno de los capítulos de la reforma migratoria en la que trabaja la mesa técnica del oficialismo, que incluye también el arancelamiento sanitario y universitario a extranjeros no residentes.
La Casa Rosada quiere modificar el título V de la Ley de Migraciones (25.871), que abarca el marco jurídico de “La legalidad e ilegalidad de la permanencia de extranjeros”. Se trata de los artículos -desde el 60 hasta el 73- que contemplan las medidas de expulsión de los inmigrantes ilegales del territorio argentino.
En Balcarce 50, acusan a la Justicia de “trabar los procesos de deportación” y sostienen que impondrán un nuevo régimen que acelere los cursos de salida en casos de ilegalidad. La autoridad de aplicación es la Dirección Nacional de Migraciones, que tiene la atribución de decretar la expulsión de un inmigrante ilegal y de actuar como parte ante la Justicia en la revisión de la decisión administrativa.
El artículo 70 establece que la jefatura de gabinete del Interior debe solicitarle a la Justicia la retención del extranjero a través de una resolución. La Policía Migratoria auxiliar es la encargada de realizar el operativo, debe alojar a los detenidos en sus dependencias y custodiar a los expulsados en el trayecto de salida si lo requieren.
Según la normativa, la deportación de inmigrantes ilegales dispone la prohibición de reingreso permanente o por un término que mayor a cinco años. La extensión de la sanción depende de los motivos que impulsaron la medida, como otros delitos penales o la falsificación de la documentación.
El artículo 37 de la Ley de Migraciones establece que “el extranjero que ingrese a la República por lugar no habilitado a tal efecto, o eludiendo cualquier forma de contralor migratorio, será pasible de expulsión en los términos y condiciones de la presente ley”.
